Decreto 2053/2010

Fecha de disposición29 Diciembre 2010
Fecha de publicación29 Diciembre 2010
SecciónDecretos
Número de Gaceta32058

Miércoles 29 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.058 6

ANEXO I JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA APELLIDO Y NOMBRE DNI N'º NIVEL Y GRADO NIVEL F.E.

FUNCION MERCURIO Marcela Fabiana 21.940.812 A 0 I Auditora Adjunta DE ANDREA Pablo Antonio 17.636.590 B 0 ll Responsable Informático (*)ELYECHE Roberto Omar 12.727.709 A 9 III Supervisor Contable ABRAMOWSKI Damián 27.542.468 B 0 III Supervisor Operativo (*) Perteneciente a la Planta Permanente % 6 % % 6 % JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2053/2010

Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros para que efectúe los ajustes establecidos en la Ley N'º 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Bs. As., 22/12/2010

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'° 24.156, y CONSIDERANDO:

Que el ArtÃculo 27 de la ley citada en el Visto dispone que si al inicio de un ejercicio financiero no se encontrare aprobado el Presupuesto General de la Administración Nacional regirá el que estuvo en vigencia el año anterior con las adecuaciones que deberá hacer el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el único condicionante para la operatividad de la norma lo constituye entonces la ausencia de una ley de presupuesto para dicho ejercicio financiero.

Que por medio de las leyes de presupuesto se establecen los principales lineamientos anuales de actividad económico-financiera del ESTADO NACIONAL, programándose los medios necesarios para la prosecución de las polÃticas públicas definidas en el Plan de Gobierno.

Que sus diferentes disposiciones deben considerarse como formando parte de una acción integral que se concatena en cada una de ellas.

Que la prórroga del presupuesto anterior vigente es una solución técnica y jurÃdica que salvaguarda la actividad del Estado hasta tanto se sancione una nueva ley.

Que en base a lo expuesto precedentemente y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, corresponde instruir al señor Jefe de Gabinete de Ministros para que efectúe los ajustes establecidos en el mencionado ArtÃculo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'° 24.156.

Que el Servicio JurÃdico Permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por los ArtÃculos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'° 24.156.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'° â A partir del 1 de enero de 2011 rigen, en virtud del ArtÃculo 27 de la Ley de Administración...

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