Decreto 2308-2012

Fecha de la disposición31 de Agosto de 2012

DECRETO Nº 2308

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 17 AGO 2012

V I S T O:

El Expediente Nº 02201-0001258-9-S.I.E.- mediante el cual la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación plantea la necesidad de reglamentar las actividades de Parques y Áreas Tecnológicas; y las Leyes Provinciales N° 12.817 y Nº 11.525 y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que en esta sociedad, el conocimiento y la tecnología son herramientas estratégicas no sólo para alcanzar una productividad y competitividad sostenida sino para la inclusión e integración social;

Que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe entiende fundamental garantizar el derecho a la inclusión positiva en la sociedad del conocimiento de los santafesinos, el desarrollo de proyectos de alto impacto económico y social, con alto compromiso ambiental, y la integración regional e internacional de la Provincia como Polo Científico-Tecnológico;

Que los avances científicos y tecnológicos y la dinámica económica y social han promovido la diversificación del tejido industrial y productivo, un nuevo rol de las instituciones productoras y generadoras de conocimientos, de los gobiernos locales y provinciales así como de las organizaciones del tercer sector y de la sociedad civil, abriendo paso a nuevos modelos de desarrollo basados en el conocimiento y la innovación;

Que estos modelos de desarrollo encuentran sustento y sostenibilidad en una dinámica de innovación que se construye a partir de la interacción de Empresas de Base Tecnológica, Institutos de Investigación y Desarrollo, Centros Tecnológicos, Universidades y diversos estamentos gubernamentales;

Que, en este sentido, la Provincia de Santa Fe posee un Sistema Provincial de Innovación, que entrelaza las importantes capacidades científicas y tecnológicas, el entramado de Empresas de Base Tecnológica, las Universidades y el Estado; en especial Santa Fe ha consolidado iniciativas público-privadas innovadoras referentes en el desarrollo tecnológico regional como la Asociación Civil Grupo Polo Tecnológico Rosario y el Parque Tecnológico del Litoral Centro S.A.P.E.M., iniciativas en las que el gobierno de la provincia de Santa Fe participa activamente en sus órganos directivos y promueve como herramienta de política pública para un desarrollo innovador;

Que, asimismo, las dinámicas de innovación son favorecidas por la proximidad territorial y la concentración espacial de estos actores claves del sistema de conocimiento, científico-Tecnológico y gubernamental generando economías de aglomeración, sinergias y competitividad;

Que para aprovechar las capacidades, ampliar y consolidar el desarrollo competitivo y sostenible en la llamada economía del conocimiento se requiere promover un ambiente que propicie la radicación y desarrollo de Empresas de Base Tecnológica, la puesta en valor del capital de conocimientos científicos y Tecnológicos, el desenvolvimiento del potencial emprendedor, con un marco institucional y normativo que incentive la inversión en la Provincia de Santa Fe e impacte sobre la economía real incrementando la riqueza y creando nuevos y más empleos de calidad;

Que frente a los desafíos trazados y a fin de establecer una institucionalidad acorde a lo planteado, se hace necesario reglamentar una nueva tipología de Áreas y Parques Industriales denominada Parques y Áreas Tecnológicas;

Que el desarrollo de nuevas áreas industriales genera la necesidad de contar con herramientas acordes para que el Estado colabore y aporte al desarrollo de las mismas, y en ese sentido los Parques y Áreas Industriales se han mostrado como elementos de probada eficacia;

Que no obstante ello las nuevas fronteras industriales y el surgimiento de áreas específicas de desarrollo, precisan de la adecuación de las herramientas legales pensadas para la industria en general o para procesos industriales de otra naturaleza;

Que se ha acreditado la eficacia de la experiencia de albergar a las pequeñas y medianas empresas en Parques Tecnológicos a fin de fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico;

Sin embargo dichos emprendimientos avanzan sobre la tradicional forma de conformación de los Parques Industriales, toda vez que algunos de sus objetivos no se ven comprendidos por el Decreto Nº 1.620/1999 reglamentario de la Ley Nº 11.525;

Que los Parques y Áreas Tecnológicas avanzan sobre la integración y complementación, agregando funciones, entre otras, tales como:

  1. -Promover y favorecer la investigación, el desarrollo, y la innovación local y regional mediante la transmisión de tecnologías e información;

  2. -Facilitar la transferencia de conocimiento y tecnología desde las Universidades y Centros Públicos de Investigación, que permitan la coordinación de empresas e instituciones, promoviendo el conocimiento, la innovación, las nuevas ideas y el desarrollo del tejido productivo;

  3. -Actuar, en colaboración con otros agentes, como promotores y estímulos para las empresas relacionadas con la tecnología;

  4. -Contribuir, conjuntamente con otros agentes, a la creación de Empresas Innovadoras de Base Tecnológica y a su competitividad mediante su ubicación en el Parque;

Que un Parque Tecnológico es un espacio territorial que cuenta con una organización dotada de infraestructura y servicios de uso común, que promueve la cultura de la innovación a través de la interacción y creación de sinergias entre Empresas de Base Tecnológica, Institutos de Investigación, Universidades, Viveros e Incubadoras de Empresas, Instituciones de Vinculación Tecnológica y Estados, a fin de incorporar conocimientos, tecnologías e innovaciones que agreguen valor a la producción, dinamizando la economía regional y su competitividad, propiciando el desarrollo de capacidades humanas en Áreas Tecnológicas y la creación de emprendimientos en sectores dinámicos;

Que un Área Tecnológica es un espacio territorial que promueve la cultura de la innovación a través de la interacción y creación de sinergias entre Empresas de Base Tecnológica, Institutos de Investigación, Universidades, Instituciones de Vinculación Tecnológica y Estados, a fin de incorporar conocimientos, tecnologías e innovaciones que agreguen valor a la producción, dinamizando la economía regional y su competitividad, propiciando el desarrollo de capacidades humanas en Áreas Tecnológicas y la creación de emprendimientos en sectores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR