Decreto 2.415 de 07 de Octubre de 2005

La Plata, 7 de octubre de 2005.

VISTO: El expediente Nº 2300-446/05, por el cual se tramita la aprobación de la Carta de Intención suscripta el 28 de octubre de 2004, entre la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Rentas del Ministerio de Economía referida a la constitución del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales y del Texto Ordenado del Estatuto al 10 de noviembre de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 5/7, obra copia certificada de la mencionada Carta de Intención suscripta entre la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por la Secretaria de Hacienda y Finanzas, Licenciada Marta ALBAMONTE y el señor Director General de Rentas, Dr. Alejandro OTERO, por una parte y la Dirección Provincial de Rentas del Ministerio de Economía, representada por el titular de dicho Ministerio Licenciado Gerardo Adrián OTERO y el titular de esa Dirección Provincial, a cargo por Decreto Nº 1170/02, ratificado por su similar Nº 1167/05, Licenciado Santiago MONTOYA;

Que asimismo a fs. 8/11, obra copia certificada del Texto Ordenado al día 10 de noviembre de 2004 del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS), suscripto entre los Licenciados Alejandro OTERO y Santiago MONTOYA, como Vicepresidente y Presidente del mencionado Centro;

Que la suscripción de la Carta de Intención genera la cooperación recíproca entre las Administraciones Tributarias contribuyendo a establecer acciones tendientes a fortalecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes;

Que aunando esfuerzos e intercambio de experiencias entre las distintas Administraciones Tributarias, se posibilita la concreción de políticas que potencian la eficacia en orden a erradicar cualquier forma de incumplimiento de las obligaciones fiscales;

Que la experiencia desarrollada en este sentido por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias Subnacionales, tendiente a impulsar investigaciones y estudios sobre distintos sistemas y administraciones tributarias, permite adoptar políticas, formular modelos y propiciar la difusión de la información para el mejoramiento y fortalecimiento de las acciones llevadas a cabo por sus miembros;

Que a fs. 23/24, la Subsecretaría de Ingresos Públicos justifica el aporte al Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS), de la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000), por el período comprendido entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de 2005;

Que a fs. 13 y vta., la Dirección Provincial de Presupuesto ha tomado el compromiso contable correspondiente, y, a fs 16 y vta., ha intervenido la Contaduría General de la Provincia;

Que de conformidad a lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 14 y vta.) y la vista del señor Fiscal de Estado (fs. 18 y vta) y conforme la facultad conferida por el artículo 144º de la Constitución Provincial, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase la Carta de Intención suscripta el día 28 de octubre de 2004, entre la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por la Secretaria de Hacienda y Finanzas, Licenciada Marta ALBAMONTE y el señor Director General de Rentas, Dr

Alejandro OTERO, por una parte y la Dirección Provincial de Rentas del Ministerio de Economía, representada por el titular de dicho Ministerio Licenciado Gerardo Adrián OTERO y el titular de esa Dirección Provincial, a cargo por Decreto Nº 1170/02, ratificado por su similar Nº 1167/05, Licenciado Santiago MONTOYA, referida a la constitución del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS) y el Texto Ordenado al día 10 de noviembre de 2004 de dicho Centro, suscripto entre los Licenciados Alejandro OTERO y Santiago MONTOYA, como Vicepresidente y Presidente del mismo, que como Anexo I forman parte integrante del presente.-.

Artículo 2º Autorízase asimismo, a aportar al mencionado Centro la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-), por el período comprendido entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de 2005, bajo la exclusiva responsabilidad de la Subsecretaría de Ingresos Públicos que justifica su erogación a fs. 23/24.-
Artículo 3º Este aporte será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2004 -Ley Nº 13.154- Prorrogado para el Ejercicio 2005 por Decreto Nº 1/05 -1

Sector Público Provincial no Financiero -1. Administración Provincial -1. Administración Central -Jurisdicción 08 - Jurisdicción Auxiliar 02: Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia.

Artículo 4º A los efectos del cumplimiento del artículo precedente, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 13.154, el Ministro de Economía deberá propiciar el dictado de la Resolución que adecue el presupuesto de la citada Jurisdicción e incorpore la pertinente Partida presupuestaria.
Artículo 5º El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
Artículo 6º Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Economía

Cumplido archívese.

SOLA

G. A. Otero

Carta de Intención entre la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires.

La Dirección General de Rentas de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por la Señora Secretaria de Hacienda y Finanzas, Lic. Marta Albamonte y por el Señor Director General, Dr. Alejandro Otero y la Dirección Provincial de Rentas de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Señor Ministro de Economía, Lic. Gerardo Otero y por el Señor Subsecretario de Ingresos Públicos, Lic. Santiago Montoya:

TENIENDO EN CUENTA

Que el intercambio de experiencias y la cooperación recíproca entre las Administraciones Tributarias constituyen una reconocida herramienta en materia de fortalecimiento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, y de lucha contra el fraude, la evasión, la elusión y cualquier otra forma de incumplimiento de las obligaciones fiscales;

Que, por otra parte, sin perjuicio de las particularidades propias de cada región, existe un denominador común en cuanto a la particular relevancia e incidencia de la función pública tributaria de los estados subnacionales en la instrumentación de políticas de desarrollo económico y social de sus comunidades;

Que en tal sentido resulta oportuno aunar esfuerzos y aprovechar en común las experiencias, desarrollos y conocimientos de los distintos estados subnacionales para el mejoramiento de sus administraciones tributarias;

Que el valioso antecedente de la experiencia desarrollada en tal sentido por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), inspira a los firmantes de la presente Carta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR