Decreto 175 de 30 de Diciembre de 2003
La Plata, 30 de diciembre de 2003.
VISTO: El Expediente Nº 2159-253/03, por el cual se tramita la aprobación por esta Instancia, del Convenio de Capacitación celebrado entre Secretaría de Turismo y Deporte, y la Asociación Amigos del Teatrino; y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 9 de octubre de 2003 la Secretaría de Turismo y Deporte suscribió el Convenio de Capacitación con la Asociación Amigos del Teatrino, tendiente a la organización y dictado de un curso denominado "Animadores Socioculturales";
Que dicho curso tiene como finalidad la de formar en las comunas Bonaerenses, grupos de líderes barriales que se encargarán de organizar actividades lúdicas y deportivas, que tiendan a salvaguardar a niños y jóvenes de la Provincia de Buenos Aires;
Que el mencionado curso es considerado por la actual gestión de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de suma importancia, dado que permitirá alejar a los niños y jóvenes de los peligros de la calle;
Que, en consecuencia, resulta necesario proceder a aprobar el Convenio de Capacitación;
Que asimismo cabe autorizar a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación para que atienda la totalidad de los gastos que demande el cumplimiento del mencionado convenio;
Que la Dirección de Contabilidad ha efectuado la correspondiente imputación presupuestaria (fs. 38) y ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno (fs. 25 y 36);
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida, sobre la base de las atribuciones emergentes del artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase el Convenio de Capacitación celebrado entre la Secretaría de Turismo y Deporte y la Asociación Amigos del Teatrino, el cual pasa a formar parte integrante del presente Decreto, tendiente a la realización de un curso denominado "Animadores Socioculturales".
Autorízase a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación a cancelar los honorarios por el dictado del curso aludido en el artículo anterior, y hasta la suma de pesos treinta y seis mil quinientos ($ 36.500).
El gasto autorizado por el artículo anterior, será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2003, Ley...
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