Decreto 1.664

DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA.

DECRETO 1.664.

La Plata, 15 de septiembre de 2010.

VISTO el expediente N° 2416-8955/08, de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL INS- TITUTO DE LA VIVIENDA - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, mediante el cual se tramita la reubicación por cambio de Agrupamiento del agente Damián Ariel TOLOSA, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 de autos obra solicitud del cambio en cuestión, presentada por el agente Damián Ariel TOLOSA, fundada en el hecho de haber obtenido el título de Abogado otorgado por la Universidad Nacional de La Plata, adjuntando fotocopia del mismo y del comprobante de la matrícula correspondiente (fojas 7 y 57); Que a fojas 9 interviene en autos la Dirección General de Administración;

Que a fojas 13 toma intervención la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía no teniendo objeciones que formular a la gestión que se propicia;

Que a fojas 56 el Departamento Presupuesto de la Dirección Económico-Financiera de la Administración General del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, informa la adecuación presupuestaria correspondiente al cambio de Agrupamiento con su respectiva transferencia de cargo y crédito;

Que a fin de efectivizar dicha reubicación se hace necesario suprimir del Plantel Básico de la Dirección General Inmobiliaria y Social, aprobado por Decreto N° 250/99, un (1) cargo del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado Decreto N° 1869/96), Categoría 6, Clase 3, Grado XII, Código 3-0004-XII-3, Ayudante "D" Administrativo, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, incorporando en el Plantel Básico de la Dirección General de Administración, un (1) cargo del Agrupamiento Personal Profesional de la citada Ley, Categoría 8, Clase 4, Grado XIV, Código 5-0000-XIV-4, Abogado Inicial, con el mismo régimen horario de labor;

Que dicha modificación se encuentra contemplada en los artículos 18 inciso 1) y 19 de la Ley N° 14062 de Presupuesto General Ejercicio 2010, y que con la misma no se altera el número de cargos aprobados para esa Jurisdicción;

Que el presente movimiento deberá resolverse en los términos del artículo 24 de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que intervienen en autos la Dirección Provincial de Personal, la Contaduría General de la Provincia y la...

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