Decisión Administrativa 189/1998

Fecha de disposición25 Marzo 1998
Fecha de publicación25 Marzo 1998
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta28864

Decisión Administrativa 189/98 del 20/3/98 HIDROCARBUROS Decisión Administrativa 189/98 Otórgase a Glacco Compañía Petrolera Sociedad Anónima, una Concesión de Transporte de gas natural desde el Area CA-3 "La Terraza" hasta el Gasoducto General San Martín. Bs. As., 20/3/98 B.O: 25/03/98 VISTO el Expediente N° 750-000179/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el Decreto N° 729 del 22 de mayo de 1995, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 638 del 12 de abril de 1991 se otorgó a las empresas GLACCO SOCIEDAD ANONIMA y NIACO SOCIEDAD ANONIMA la titularidad de la Concesión de Explotación del Area CA-3 "LA TERRAZA", ubicada en la Provincia de SANTA CRUZ. Que NIACO SOCIEDAD ANONIMA cedió la totalidad de su participación en la citada Concesión de Explotación a favor de la firma PETROMEL SOCIEDAD ANONIMA, lo cual fue aprobado por el Decreto N° 113 del 24 de enero de 1995. Que la firma GLACCO SOCIEDAD ANONIMA cambio su denominación por la de GLACCO COMPAÑIA PETROLERA SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo con la documentación presentada en el Expediente N° 750002821/95 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Que posteriormente se autorizó mediante la Decisión Administrativa N° 61 del 8 de marzo de 1996 que PETROMEL SOCIEDAD ANONIMA cediera toda su participación en la Concesión de Explotación de la citada Area CA-3 "LA TERRAZA", ubicada en la Provincia de SANTA CRUZ, a la firma GLACCO COMPAÑIA PETROLERA SOCIEDAD ANONIMA. Que en consecuencia, GLACCO COMPAÑIA PETROLERA SOCIEDAD ANONIMA, es la única titular de la citada Concesión de Explotación, y en ese carácter ha solicitado el otorgamiento de una Concesión de Transporte de gas natural a efectos de evacuar su producción del Area CA-3 "LA TERRAZA", situada en la Provincia de SANTA CRUZ. Que desde el año próximo pasado se ha incrementado considerablemente el nivel de reservas gasíferas del Area CA-3 "LA TERRAZA", ubicada en la provincia de SANTA CRUZ, haciendo atractiva la explotación correspondiente, para lo cual se requiere contar con una infraestructura de captación y transporte del gas natural adecuada a efectos de inyectar la producción del Area en un sistema troncal de transporte para llegar hasta los centros de consumo. Que en ese sentido el gasoducto proyectado se extiende desde dicha Area hasta el GASODUCTO GENERAL SAN MARTIN, operado por la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, a la altura del Punto de Medición N° 14...

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