Los colegios deberán justificar por qué no aceptan alumnos

Desde ayer, si un colegio privado porteño se niega a inscribir a un alumno y a comunicar a la familia los motivos de esa decisión, puede ser sancionado con multas de hasta 50 veces el valor de la cuota mensual promedio del establecimiento y ser incluido en una lista en el sitio web del Ministerio de Educación porteño.Como contrapartida, si los padres son advertidos por las autoridades de la escuela de su hijo de que éste, por ejemplo, necesita un determinado tratamiento psicopedagógico y se niegan sistemáticamente a encararlo, el chico podría perder la vacante para el próximo año.Después de tres años de haber sido aprobada, finalmente fue reglamentada la ley 2681, que establece que los colegios de gestión privada de la ciudad de Buenos Aires no pueden rechazar sin causa la matriculación o rematriculación de un alumno,"La norma no cambia el ejercicio del derecho de admisión sino que lo completa", dijo a La Nacion la titular de la Dirección General de Educación de Gestión Privada de la ciudad (Digep), Beatriz Jáuregui. La funcionaria agregó: "Ahora las familias y las escuelas estarán dentro de un marco de mayor previsibilidad de las situaciones de matriculación y rematriculación".La reglamentación, publicada ayer en el Boletín Oficial del gobierno porteño, establece que las causas aludidas por los establecimientos para negar la inscripción o reinscripción de un alumno deben surgir del incumplimiento de leyes vigentes, proyectos educativos, reglamentos internos, contratos educativos o compromisos individuales establecidos entre las familias y el colegio y no deben ser contrarias a la letra de la Constitución Nacional. La familia puede solicitar por escrito la fundamentación de la negativa y radicar la denuncia ante la Digep si el colegio se rehúsa a hacerlo.Jáuregui afirmó que la gravedad de esta problemática "depende de cada colegio" porque "generalmente la no rematriculación de un alumno no se decide de un día para el otro sino que es producto de un diálogo con el alumno y con los padres durante todo el año".Pablo Olocco, abogado de Establecimientos Privados Educativos Asociados (EPEA), dijo a La Nacion que con esta norma "se da un valioso aporte porque no restringe el derecho de admisión de las escuelas y, sin embargo, reglamenta el derecho de los padres a conocer las razones por las que su hijo puede perder una vacante, por ejemplo, y acceder a esa información en un momento oportuno para no afectar su escolaridad futura".El abogado expresó que "en general...

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