Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 24 de Junio de 2010, expediente 762/2004
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2010 |
Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”
CAUSA N° 762/2004 CÓDOBA, LUIS EDUARDO C/ ESTADO NACIO-
JUZG. N° 2 NA MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO PE-
SECR. N° 3 NITENCIARIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS.
En Buenos Aires, a los 24 días del mes de junio de dos mil diez reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, para conocer en recurso interpuesto en autos: “CÓRDOBA, LUIS EDUARDO C/
ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO PENITENCIARIO S/
DAÑOS Y PERJUICIOS”, respecto de la sentencia de fs. 372/377, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
Practicado el sorteo resultó que la votación debía ser efectuada en el siguiente orden: señores Jueces de Cámara doctores S.B.K., A.S.G. y R.V.G..
A la cuestión planteada, el señor Juez de Cámara doctor SANTIAGO
BERNARDO KIERNAN dijo:
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Vienen los autos al acuerdo, en virtud de los re-cursos de apelación interpuestos por la parte actora (fs. 378) y por la parte demandada (fs. 384) contra la sentencia de fs. 372/377 que hizo lugar a la demanda, condenando al Estado Nacional –Servicio Penitenciario Federal- a pagar al señor CORDOBA, en el plazo de quince días hábiles, la USO OFICIAL
suma de $ 65.000, con más los intereses establecidos en los términos de la ley 25.344, que se calculará conforme al decreto 1116/00 y sus normas complementarias. Con costas a la demandada.
M., recursos por honorarios por bajos a fs. 379/ 80 y fs. 387 que, llegado el caso, serán examinados por la Sala al terminar el presente acuerdo.
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Para así decidir, el señor J. de grado, tuvo como cierto que el actor se desempeñó en distintos destinos y funciones en el Servicio Penitenciario Federal. Con fundamento en la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “MENGUAL”, hizo lugar a la demanda por las secuelas que padece –CÓRDOBA- las que resultan como consecuencia directa de la actividad que desarrolló durante años a las órdenes del Servicio Penitenciario Federal. En cuanto a los rubros indemnizatorios el “a quo”,
basándose en las experticias del perito médico, admitió los siguientes: a) incapacidad sobreviniente: $ 50.000; b) chance laboral: $ 3.500 y c) daño moral: $ 12.000 (total: $ 65.500).
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En apretada síntesis, el señor L.E.C. inicia demanda por daños y perjuicios contra el Estado Nacional -Ministerio de Justicia Servicio Penitenciario Federal- por la suma de $ 140.000, con más sus intereses y costas. Dice haber ingresado al servicio penitenciario el 11 de junio de 1979, habiéndose desempeñado en distintas funciones.
Relata que sufrió...
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