Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA L, 11 de Septiembre de 2013, expediente CIV 113380/2005

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2013
EmisorSALA L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

Expte n° 113.380/05 (L. 615.510) -Juzg.100- “Torres, C. c/ Micro Ómnibus Norte Sociedad Anónima s/ daños y perjuicios (acc. tran. c/ les. o muerte)”

En Buenos Aires, a los días del mes de septiembre del año dos mil trece, encontrándose reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala “L” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a fin de pronunciarse en el expediente caratulado “Torres, C. c/ Micro Ómnibus Norte Sociedad Anónima s/ daños y perjuicios (acc. tran. c/ les. o muerte)” de acuerdo al orden del sorteo el Dr. L. dijo:

  1. Contra la sentencia dictada a fs. 253/259 que admitiera parcialmente la demanda, se alzaron disconformes las partes.

    A fs. 284/286, la empresa de transportes expresó agravios respecto al monto otorgado en concepto de daño moral, como así también la procedencia y cuantía asignada al daño estético, cuyo traslado mereció la contestación de fs. 293/vta. Por su parte, la actora a fs. 288/289 expresó su disconformidad con los montos concedidos para indemnizar la incapacidad sobreviniente y daño moral.

  2. No habiendo sido cuestionada la decisión recaída sobre responsabilidad, me abocaré al tratamiento de los rubros.

    Incapacidad sobreviniente.

    No hace falta reiterar las consideraciones médico legales detalladas por el experto en su dictamen de fs. 229/233. En base a estudios complementarios, examen físico e informes de los hospitales General de Agudos de General P. (fs. 147/148) y D.V.S. (fs.180/186, 203/211 y 212/222), el perito informó que el actor presenta secuelas incapacitantes por fractura de pulgar izquierdo. Que el dedo pulgar se encuentra deformado en primera falange y segunda. Que la segunda falange se sitúa 10 grados con respecto al eje del dedo, hacia arriba, no pudiendo extenderse en plano horizontal, por lo que la presión palmar a mano llena, la prensión interdigital, interolateral, por oposición terminal y por oposición sub terminal (pinza), son realizables pero con dificultad. La primera falange, si bien presenta fractura consolidada, muestra deformación, lo que genera que los movimientos de los extensores y flexores de los dedos estén alterados. En cuanto a los músculos, hay hipertrofia por uso indebido. Estimó una incapacidad física permanente de origen causal con el accidente del 10% de la T.O., y lesión estética que estima en el orden del 15% de la T.O.

    Los porcentajes proporcionados por el perito cumplen un rol meramente orientativo y no...

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