Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 16 de Febrero de 2005, expediente A C91254

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2005
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 91.254 "B., H.C. c/ C.E.A.M.S.E. Ejecución de honorarios".

//Plata, 16 de febrero de 2005.

AUTOS Y VISTO:

En el caso, si bien la suma en cuestión debe ser posteriormente determinada con precisión, en cuanto al valor del litigio a los fines de cumplir con el depósito previo previsto en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial, es de toda evidencia que conforme al monto que surge de las presentes actuaciones que supera holgadamente los $ 250.000 (ver fs. 1091 vta.), a la que también refiere el impugnante en su recurso (ver fs. 1149/vta.), el depósito a efectuarse debe alcanzar el máximo de la escala legal.

Por ello, intímase al recurrente para que en el término de cinco días acompañe comprobante que acredite haber depositado a la orden del tribunal que...

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