Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 15 de Octubre de 2009, expediente 16.095/09

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2009

Poder Judicial de la Nación Plata, 15 de octubre de 2009.

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AUTOS Y VISTOS: este expte. N° 16095/09, caratulado A., A.L. c/U.N.L.P. Facultad de Ciencias Exactas s/ Recurso Administrativo Directo@.

Y CONSIDERANDO QUE:

I.C. ante esta Alzada por la vía del artículo 32 de la ley 24.521 el apoderado y otros miembros de la lista ARenovación- Ciencias Exactas@ de docentes que se presentó a los efectos de participar en las elecciones del claustro de profesores de la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de la Plata.

El objeto del recurso es impugnar la validez de la decisión de la Junta Electoral General de la U.N.L.P. de fecha 13 de octubre de 2009, que le impide participar en el acto electoral de los días 14, 15 y 16 de octubre del corriente año.

Asimismo, solicitan los recurrentes se dicte una medida cautelar consistente en la suspensión del comicio hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

  1. Atento la pretensión alegada, prima facie y en la medida propia de una decisión precautoria, el fumus bonis iuris encuentra su sustento en los artículos 15 y 16

    de la Ordenanza n° 278 ARégimen Electoral de la Universidad Nacional de la Plata@.

    En cuanto al periculum in mora, éste resulta manifiesto atento que el acto eleccionario se encuentra en desarrollo y, de no suspendérselo, la decisión del tema aquí planteado carecería de utilidad.

  2. En tales condiciones, hallándose reunidos...

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