Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Agosto de 2016, expediente CNT 008766/2012/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 8766/2012/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA.78753 AUTOS: “BENET, CESAR FERNANDO C/ BENING S.A. S/ DESPIDO” (JUZGADO Nº 80).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 29 días del mes de agosto de 2016 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y EL DOCTOR E.N.A.G. dijo:

  1. Contra la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, apela la demandada a tenor del memorial de fs. 428/430 y la actora a fs. 431/439. Ambos escritos merecieron replica de su respectiva contraparte a fs. 452 y 454/458.

  2. Por razones de método, considero apropiado iniciar el desarrollo con el agravio indicado por el actor referente a la fecha de inicio de la relación laboral.

    La sentenciante de grado tomó como fecha de inicio de la misma el día 02/06/2006 y no consideró probado lo argumentado por el actor que expresa que se inició el 05/09/2005.

    Al respecto, comparto la opinión del a quo en este punto.

    El testigo T. sostiene que, habiendo ingresado el mismo a trabajar para la demandada en enero de 2006, “el actor ya estaba, pero no sabe desde hace cuando, hacía unos meses, pero no lo recuerda, sabe por comentarios que fue para 2005 su ingreso”.

    Romano dice a fs. 365 que “el actor ingresó para la demandada en 2005, cree la testigo”.

    En su declaración De Haro señala, en términos semejantes a T., que “para el ingreso del testigo el actor ya estaba trabajando”.

    La testigo D.M. es la única que se pronuncia en términos certeros al expresar que “el actor ingresó para septiembre de 2005, lo sabe porque era su cumpleaños”.

    De los testimonios detallados aprecio que el actor no es capaz de producir una convicción probatoria respecto de la fecha de inicio de la relación laboral.

    No considero suficiente para conformar una certeza respecto a este punto el testimonio de Di Miele.

    Fecha de firma: 29/08/2016 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: L.M.D.'ARRUDA, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: G.E.M., JUEZ DE CÁMARA #20831337#160588694#20160829084938655 Tampoco contribuyen con el objetivo el resto de los testigos que hacen referencia a esta particularidad de la relación laboral, debido a que no logran ni dar razón de sus dichos ni expresar un conocimiento seguro y claro sobre el tema.

    Asimismo, el actor tampoco logra producir otro tipo de prueba que acredite de distinta manera sus dichos al respecto.

    Es por estas razones que propicio confirmar la sentencia de primera instancia en este punto.

  3. Misma suerte correrá el agravio expresado por la demandada con respecto a los pagos por comisiones fuera de registración.

    T. sostiene que “al actor le pagaban mitad y mitad, un porcentaje en blanco y otro en negro… la mayoría de los empleados con los que uno tenía contacto cobraban de la misma manera”, luego al ser interrogado por la parte demandada ahonda en sus declaraciones al expresar que “el sistema de pago del personal era por una parte en depósito de banco y otra del mismo que al testigo, le pagaban en la oficina de recursos humanos, donde estaba la secretaria o quien manejaba la parte administrativa, el sistema era personalizado, iba cada uno… le consta la forma de pago al actor ya que todos cobraban de la misma manera, salían todos con un sobre en la mano cuando le pagaban la parte en negro”.

    Di M. es coincidente en los términos descriptos por T. al declarar que “(el actor) tenía un básico y luego comisiones por ventas, lo sabe por haberlo hablado, la modalidad de la empresa era que tenía una parte en blanco y otra en negro, en el caso del actor era el básico en blanco y las comisiones en negro… la parte en negro te la daba la secretaria en la oficina, los llamaban de a uno y así entraban, de a uno y cuando salía ingresaba el otro… afirma que en varias oportunidades estuvo presente cuando se le pagaba la parte en negro al actor, ya que como estaban en el piso de arriba, casi siempre los dejaban para lo último, y bajaban juntos, ingresaba uno o el otro indistintamente, no conoce el monto de dinero que abonaban al actor en negro, solo sabe que era en concepto de comisiones, no recuerda si era el 1 o 1,5% de toda la venta de la fábrica”.

    De la misma manera, R. expresa que “como a todos, el sueldo se pagaba una parte en blanco y otra en negro, en el caso del actor era así, le consta porque todos cobraban de la misma manera, la parte en negro era abonada en la oficina, en mano...

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