DE BARY Y CIA. SOCIEDAD DE BOLSA

Fecha de la disposición 9 de Abril de 2014

DE BARY Y CIA. SOCIEDAD DE BOLSA

SOCIEDAD ANONIMA

Por Actas del 12/12/2013 y Escritura del 19/3/2014 se resolvió: Modificar los Art. 1: Bajo la denominación de de Bary y Cia SA continua funcionando la sociedad antes denominada De Bary y Cia Sociedad de Bolsa SA y constituida originalmente como De Bary y Cia Sociedad Colectiva. Art. 4: a) Comerciales: De agente de Negociación de conformidad a lo dispuesto por la ley N. 26831 y las normas CNV (N.T. 2013) por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informaticos de Negocia ción de los mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operación en la negociación secundaria tanto para cartera propia como para terceros clientes cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de valores. De agente de Liquidación y agente de negociación propio de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26831 y las Normas CNV (NT 2013) por lo que además de desarrollar las actividades propias de los agentes de negociación, podra solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los mercados y/o las cá maras compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes De agente de liquidación y compensación y agente de negocacion integral, de conformidad a lo dispuesto por la ley N. 26831 y las normas CNV (NT. 2013) por lo que además de desarrollar las actividades propias de los agentes de negociación podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (Colocación primaria y negociación secundaria) registradas por cartera propia y sus clientes, como asi también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros agentes de negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los mercados y/o las cámaras compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los agentes de negociación con los que haya firmado un convenio de liquidación y compensación. A fin de llevar a cabo las actividades antes mencionadas, se requiere estar registrado en la correspondiente categoría ante la comisión Nacional de Valores. Asimismo la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencionado. Organismo de Contralor de cualquier...

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