Aviso Oficial . SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CORONEL MOLDES, APROBADO POR RESOLUCION M.T. Y S.S. N° 602\/99.

Fecha de disposición02 Febrero 2016
Fecha de publicación02 Febrero 2016
SecciónAsociaciones Sindicales

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CORONEL MOLDES, APROBADO POR RESOLUCION M.T. Y S.S. N° 602/99.

DENOMINACION, DOMICILIO, ZONA DE ACTUACION, OBJETO Y FINES

Artículo 1° Denomínase CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CORONEL MOLDES, a la Asociación Sindical de Trabajadores de primer grado, fundada el 1° de Marzo de 1976.

Está destinado a agupar a todos los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia en las actividades que más adelante se enuncian, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso y con prescindencia de la tarea o cargo que cumplan o desempeñen como así también que el empleador sea una persona física o haya adoptado la forma de un ente societario de cualquier naturaleza, incluidas expresamente las cooperativas y cualquiera sea el régimen jurídico aplicable a la actividad desarrollada. Por lo tanto, están incluidas en dicho ámbito personal de representación:

  1. Aquellos que presten servicios en relación de dependencia para empleadores cuya actividad consiste en el intercambio de bienes, o en la intermediación para el intercambio de bienes, o en la prestación de servicios por cuenta propia o ajena.-

  2. Personal técnico, administrativo o de ventas que se desempeñen en actividades industriales, cuando las asociaciones gremiales específicas no agrupen dichas categorías.-

  3. A los trabajadores que presten servicios en el Centro Empleados de Comercio de Coronel Moldes, los trabajadores afiliados que se desempeñaban en la ex CASFEC y que actualmente pertenecen al ANSeS, Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles y los Empleados de Comercio Jubilado.-

  4. A los trabajadores que presten servicios en actividades civiles con fines de lucro o cumplan tareas administrativas, explotaciones industriales, del transporte o que tengan bocas de expendio de los productos que elaboran, las actividades agropecuarias, empresas de provisión de personal y todo tipo de servicios que sean representadas por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y sus Sindicatos adheridos a través del Convenio Colectivo de Trabajo.- A sus efectos y a título ilustrativo se enuncian que actividades en especial será de representación de este sindicato, indicándose que ello no importa excluir a los no individualizados y que están comprendidos en la formulación inicial.

  5. Establecimientos donde en forma habitual y que por su actividad específica, se comercializan los siguientes productos: avícolas, apícolas, agrícolas y ganaderas, artefactos del hogar, automotores usados, artesanías, animales domésticos y peces...

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