Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 11 de Agosto de 2014, expediente 37827/2013

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2014

Poder Judicial de la Nación -1-

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Expte. Nº 37.827/2013

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 31119 SALA

V. AUTOS: “AR-

GUELLO JARA CRISTIAN FEDERICO C/ CONCRETAR CONSTRUCCIONES S.A.

S/ LEY 22.250” (JUZGADO Nº 35)

Buenos Aires, 11 de agosto de 2014.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la letrada apoderada de la parte actora,

por su propio derecho, a fs. 70/vta. contra los honorarios regulados a su favor en la sentencia definitiva dictada a fs. 64/69 (concedido a fs. 71).

Y CONSIDERANDO:

I) Que el Sr. Juez de Primera Instancia reguló los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora en el 11% del monto total de condena más intereses.

II) Que disconforme con dicha regulación apela la beneficiaria de la misma por estimar reducidos los honorarios regulados.

III) Que en atención a la naturaleza, mérito y extensión de las tareas desarrolladas por la letrada apoderada de la parte actora (fs. 4/7vta., 25, 30, 35, 41, 56, 61), estímase que los honorarios fijados resultan reducidos, motivo por el cual corresponde su elevación al 12% calculado sobre la base regulatoria establecida en la instancia anterior,

del cual el 0,5% corresponde por su actuación ante el SECLO y el 11,5% por la actuación en primera instancia (conf. art. 38 L.O. y ley 21.839).

Por los fundamentos expuestos, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios...

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