Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 11 de Mayo de 2015, expediente CNT 050304/2010/CA001

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 90629 CAUSA NRO. 50304/10 AUTOS: “ALDERETE JAVIER RENE C/ INDUSTRIAS CERAMICAS LOURDES S.A. Y OTRO S/ ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”

JUZGADO NRO. 11 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de MAYO de 2.015, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo a la correspondiente desinsaculación, se procede a votar en el siguiente orden: crucemos El Dr. M.Á.M. dijo:

I)- Contra la sentencia de fs. 361/366 apela la parte demandada a fs. 373/377. La representación letrada de la parte actora y el perito contador apelan sus honorarios por considerarlos bajos a fs. 370 y a fs. 371.

II)- La demandada se agravia porque, según dice, la judicante omitió aplicar el tope previsto en el art. 14 inc. 2) de la ley 24.557 que sólo fue derogado por el decreto 1694/09 del 06/11/09 para aplicarse a hechos posteriores a su publicación, así como la aplicación de dicha norma..

El Dr. J.B.G. trató las objeciones constitucionales a la ley 24.557 (cfr. planteo del actor a fs. 8/11 ptos. III y IV) en el considerando IV de su sentencia (ver fs.364), admitiéndolas. El sentenciante basó la criticada resolución en el hecho de que la reducción establecida en el art. 14.2..

párrafo segundo, posteriormente eliminado por el art. 2 del decreto 1694/09 no supera el control de constitucionalidad al colisionar con lo establecido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Ahora bien a fin de tratar la queja de la demandada que calificó de incorrecto el cálculo indemnizatorio señalando que correspondía aplicar la ley vigente al monto del infortunio corresponde establecer que el apelante afirma que el decreto 1694/2009 establece que las disposiciones de la norma entraron en vigencia a partir de su publicación, hecho que tuvo lugar con posterioridad al acaecimiento del infortunio, por lo que solicita la aplicación del tope de $180.000 que contemplaba el texto vigente a la época del infortunio (art. 14, inc. 2 ley 24.557 cfrme. texto dto. 1278/00). Argumenta también que la indemnización luce desproporcionada en función de la alícuota que pagó el empleador de A..

Sentada la postura de la accionada paso desentrañar al meollo del asunto y voy a proponer la confirmación de la decisión apelada no solamente porque este tribunal ya tiene dicho repetidamente que el tope máximo del art. 14 LRT no puede provocar una reducción substancial en el monto final de la reparación sino por la postura adoptada a partir de la sentencia dictada en la causa “C., J.J. c/ MAPFRE ARGENTINA ART SA” (SD Nº

101.571 del 25-03-2013), del registro de la Sala II, donde se ha establecido, tras una nueva lectura de los fundamentos y alcances del fallo que la Corte Suprema dictara el 10/8/2010 en autos “Ascua, L.R. c/ SOMISA SA”, que en dicho pronunciamiento el Alto Tribunal ha cambiado la orientación en el análisis de los límites máximos indemnizatorios en materia de reparación tarifada de las consecuencias salariales con un nuevo enfoque que, según seguidamente será explicitado, este Tribunal comparte y hace propio.

Me permito recordar que en dicha causa el Máximo Tribunal del país, en un fallo meduloso y fundado en distintos instrumentos jurídicos internacionales, consideró inconstitucional la reducción que el tope indemnizatorio de la vieja Fecha de firma: 11/05/2015 Firmado por: GLORIA PASTEN DE ISHIHARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación y recordada ley 9688 imponía a la indemnización tarifada que el mismo dispositivo determinaba en base a la ecuación básica (art. 8 ley 9688).

Ahora bien, hasta esa decisión la doctrina judicial, incluida la emanada de la Corte Federal, partía de la premisa de que resultaban válidos los topes máximos dispuestos por el legislador pero, en el marco de cada caso en particular, la traducción concreta de esos límites máximos fue declarada inconstitucional en aquellos supuestos concretos en los que...

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