Acuerdo 3.725

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.

Modifica el Anexo II del Acuerdo 3.397, reglamentario del Régimen de.

Receptorías de Expedientes, Archivos del Poder Judicial y.

Mandamientos y Notificaciones.. ACUERDO 3.725.

La Plata, 3 de septiembre de 2014.

VISTO: El Acuerdo 3.397, reglamentario del “Régimen de Receptorías de Expedientes, Archivos del Poder Judicial y Mandamientos y Notificaciones”, en su Anexo II, contiene las materias de juicio en las que se describen las categorías y materias para los procesos judiciales que se inicien.

Que, relacionado con ello se han elevado actuaciones por el titular del Juzgado de Familia N° 5 de La Plata, derivada de la presentación de una Asesora de Incapaces que interviene en procesos en tramite en el órgano jurisdiccional a su cargo, solicitando la adecuación de la caratulación de los expedientes vinculados con la temática de salud mental.

Que, por la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales, se ha producido un informe con relación a las Jornadas de Capacitación sobre Restitución Internacional de Menores.

Que asimismo, cabe tener presente las inquietudes planteadas respecto de las materias de juicio pertenecientes a la competencia originaria de las Cámaras en los Contencioso Administrativo, en relación al objeto del juicio determinado por el artículo 2 de la Ley 12.074 ( Texto s/ Ley 13.405), Que, por otro lado, debe evaluarse la presentación efectuada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, proponiendo se agregue entre las materias del Anexo II del Ac. 3.397, el detalle que permita individualizar los litigios que versen sobre materia Ambiental;

Y CONSIDERANDO: Que, la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (C.D.P.D.) – incorporada a nuestro ordenamiento jurídico por Ley 26.378- y las nuevas disposiciones del artículo 152 ter del Código Civil ( Ley 26.657), han venido a marcar un cambio de paradigma respecto de la concepción de las personas con discapacidad y de la capacidad jurídica de las mismas, todo ello basado en la autonomía y la dignidad, reafirmando el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica y a la capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás personas en todos los aspectos de la vida.

Que, de manera coincidente con la peticionante, y con lo supra expuesto se han pronunciado los integrantes de la Unidad de Coordinación de Salud mental...

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