Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 14 de Mayo de 1996, expediente P 50365

PonenteJuez SAN MARTIN (SD)
PresidenteSan Martín-Ghione-Pisano-Mercader-Laborde
Fecha de Resolución14 de Mayo de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL:

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, C. y Correccional de Pergamino, en lo que interesa destacar, condenó -en proceso oral de única instancia- a J.D. a la pena de siete meses de prisión, con costas, por considerarlo autor responsable de abandono de persona; art. 106 del Código Penal (v. fs. 849/875).

Contra este pronunciamiento se alza el defensor particular del procesado, que interpone recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (v. fs. 888/898).

En virtud de lo resuelto a fs.1071/1072 y 1076, sólo me ocuparé del recurso mencionado en segundo término.

Denuncia la violación de los arts 106 del Código Penal y 227 del Código de Procedimiento Penal.

Sostiene el impugnante que en autos no se ha probado el dolo que requiere la figura de abandono de persona, dado que este delito sólo se materializa cuando existe el mencionado abandono con el propósito de poner en peligro la vida o dañar la salud de alguien.

La queja no puede prosperar.

El planteo, de neto corte probatorio, debió formularse en estrecha relación con las disposiciones del art. 286 del Código de Procedimiento Penal, norma que establece el sistema de la convicción sincera empleado por la Cámara para acreditar el extremo impugnado.

La omisión señalada obsta a la procedencia formal del recurso interpuesto e impide considerar la justeza del reclamo.

Por lo brevemente expuesto, considero que V.E. debe proceder al rechazo de la queja examinada.

Así lo dictamino.

La Plata, 17 de diciembre de 1993 - L.M.N..

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores S.M., G., P., M., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 50.365, "Danas, J. y otros. Abandono de persona seguido de muerte y violación de los deberes de funcionario público".

A N T E C E D E N T E S

La Excma. Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial, Criminal y Correccional del Departamento Judicial de Pergamino condenó en juicio oral a J.D. a la pena de siete meses de prisión, con costas, por ser autor responsable del delito de abandono de personas.

El señor defensor particular interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Oído el señor P. General, dictada la...

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