Sentencia nº 28553 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 12 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2015
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

Autos y Vistos:

Las constancias de este Expediente Nº C-028.553/14, caratulado: “Diligencias preparatorias: T.S. y otro c/ Comisión Municipal de Yala”, y

Considerando:

  1. Que en lo que aquí interesa, a fs. 40/45 los Señores M.E.M., DNI. N° 16.889.081 y S.T., DNI. N° 33.326.599, con el patrocinio del letrado R.T., deducen diligencia preliminar de exhibición de documento en poder del adversario, en contra de la Comisión Municipal de Yala, de la cual son Vocales.

    Afirman en el Capítulo V de su presentación que la Comisión Municipal de Yala tiene bajo su poder todas las Ordenanzas del Municipio, utilizando como una metodología habitual la no publicación y falta de información a terceros o ajenos de la misma para que se encuentren en inferioridad de condiciones.

    Concretamente solicitan la exhibición de la Ordenanza N° 5/1996 que establece los gastos de representación en 40% (cuarenta por ciento) del básico de los miembros del Concejo Comunal, y de la Ordenanza aprobada el día 28/11/2008, por la cual se fijara el sueldo de los Vocales, en cuanto –afirman- necesitan contar con las citadas Ordenanzas a fin de poder entablar la demanda por diferencias de haberes y/o la que pudiere corresponder (art. 291 CPC) y teniendo en cuenta que con la prueba que aportan, se encuentra acreditada la existencia y contenido de las ordenanzas referenciadas, y en consecuencia solicitan se intime a la Comisión Municipal de Yala a que en el plazo perentorio que se disponga por este Tribual, exhiba y presente en autos copia certificada de las Ordenanzas que disponen el modo y forma de liquidar los haberes de los Vocales, bajo apercibimiento de tener por ciertos los datos que suministran en la presente respecto del contenido de dichas ordenanzas.

  2. Conferido traslado a la accionada a fs. 47, se presenta a fs. 64 el Presidente de la Comisión Municipal de Yala Facundo Vargas Durán (invocando patrocinio letrado que no surge de dicha presentación), quien solicita el franqueo de las actuaciones y la suspensión de plazos, no haciéndose lugar a esto último en cuanto los autos se encontraban a su disposición y se hace lugar al franqueo de los mismos.

  3. Luego a fs. 84/90, en lo que es pertinente, interpone recurso de revocatoria y en subsidio reclamo ante el Cuerpo en contra del proveído de fs. 47, por los fundamentos que expone y a los que me remito por brevedad.

    Solicita en concreto (fs. 90) que se revoque el decreto de fs. 47 y se ordene a los actores a ocurrir por la vía que corresponda, con costas a cargo de los mismos.

  4. A su vez el letrado de los actores a fs. 121/123 interpone asimismo reclamo ante el Cuerpo...

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