Sentencia nº 2009 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 19 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2015
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. N° C-002009/13, caratulado: "INTERDICTO DE MANTENER LA POSESION: B.M.R. c/B.R., B.J. y B.A.”, del que

RESULTA:

Que, a fs. 5/10 se presenta el Dr. L.A.Z., en nombre y representación del Sr. M.R.B., promoviendo interdicto de mantener la posesión en contra de los Sres. R.B., J.B. y A.B. a fin de que se los condene a estos últimos a cesar en la comisión de actos que turban la posesión que ejerce sobre una porción de la Finca La Constancia de la localidad de El Carmen, solicitando como previa una medida cautelar de no innovar en contra de los nombrados.-

Que, refiere como fundamento de su acción que desde el año 1985, fecha de su nacimiento siempre se domicilió en esa finca, allí se crió y vivió junto a su padre, J.B.F., en una porción de tierra en la que tienen una pequeña vivienda con una huerta, y allí crían algunos animales como gallinas y cerdos, realizando verdaderos actos de posesión detentándola en forma pública, pacífica y sin oposición de terceros, y que por razones económicas aun no pudo realizar los trámites tendientes a adquirir la propiedad por prescripción.-

Que, en su relato sigue manifestando que no obstante encontrarse el predio alambrado, desde el año anterior comenzaron a sufrir hechos de violencia y turbaciones por parte de los demandados y de sus empleados y peones, quienes adujeron que esa finca era de su propiedad, procediendo a romper los alambrados, destruir las plantaciones y ahuyentar a los animales, manifestándole que debía retirarse del lugar, llegando finalmente a sustraerles bienes de su pertenencia y de su familia, lo que justifica la presente vía judicial. Acto seguido precisa sus fundamentos jurídicos, solicita medida cautelar de no innovar, ofrece pruebas y finalmente requiere se haga lugar a su pedido y se impongan las costas a los demandados.-

Que, a fs. 14 y previa intimación y reposición de los aportes legales, se dispone correr traslado de la demanda a los accionado, luego de que previa fianza se despachara la cautelar solicitada.-

Que, a fs. 46/48 vta. se presenta el Dr. A.E.N., en nombre y representación del Sr. A.O.B., y procede a la contestación de demanda, la que al haber sido presentada fuera de términos es ordenada a fs. 50 su devolución.-

Que, a fs. 62 y vta. el actor denuncia incumplimiento de la orden de no innovar y solicita se remita la causa a la justicia penal, a cuyos fines a fs. 63 se le impone al interesado sacar copias de las partes pertinentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR