Sentencia nº 22004 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 29 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. nº C-022004/14, caratulado: PREPARA VIA EJECUTIVA: B.C.C.F.Z.M.L. y M.P.P.A.”, del que,

RESULTA:

Que, a fs. 25/28 se presenta el Dr. L.L., en nombre y representación del Sr. CELIN BALUT promoviendo juicio ejecutivo por cobro de alquileres y otros rubros que detalla en planilla, por la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y CINCO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 88.045,90), comprensivos de cuotas locativas vencidas y no pagadas por los meses de Noviembre del año 2013 y Enero del año 2014, como así también por expensas correspondientes a los meses de Noviembre y Diciembre del año 2013 y Enero y Febrero del cte. Año; por lo adeudado por L.; por la mitad del sellado del contrato, por gastos ocasionados extrajudicialmente para lograr el pago debido, multa por falta de entrega de llaves y por preaviso y rescisión anticipada, en contra de los Sres. M.L.F.Z. y P.A.M.P..-

Que, la deuda reclamada surge de un contrato de locación suscripto por las partes, y que según se refiere el mismo fue incumplido, dejándose injustificadamente de abonar los alquileres y demás reclamos que detalla, procediéndose sin justificación a la rescisión unilateral del contrato dejando pendiente de pago deudas devengadas sin que fueran abonadas, y sin que se le entregara la llave del inmueble.-

Que, a fs. 29 se ordena citar a los accionados a los fines de preparar la vía ejecutiva bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 475 del C.P.C., compareciendo los mismos a fs. 37, por sus propios derechos con el patrocinio letrado de la Dra. E.S.S., audiencia en la que los citados reconocen la relación locativa que se desprende del título que se les exhibe, manifestando que fueron locatarios hasta el mes de Diciembre inclusive, habiendo rescindido el contrato, acompañando a su vez un recibo de consignación notarial de la llave del bien objeto de esta demanda.-

Que, a pedido del actor a fs. 39 se libra contra los accionados el respectivo mandamiento de intimación de pago y citación para oponer excepciones legítimas si las tuvieren, medida que se efectiviza según constancias de fs. 44 y vta..-

Que, a fs. 41 se presentan los accionados a través de su apoderada solicitando el franqueo de autos, lo que se provee a fs. 42, quien procede a contestar demanda a fs. 62/64 vta. e interpone la excepción de pago parcial, acompañando recibos de pago y demás documentación que según refiere sustentan su defensa, procediendo luego a contestar demanda. Finalmente ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la excepción planteada, rechazándose la demanda por el monto pretendido, con costas.-

Que, a fs. 65 se corre el traslado de ley al demandante de la excepción y contestación de demanda interpuesta, el que contesta a fs. 68/71 vta., solicitando el rechazo de las mismas por los fundamentos que expone y a los cuales me remito en honor a la brevedad.-

Que, a fs. 72 se declara la cuestión como de puro derecho y se llaman autos para sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida, y

CONSIDERANDO:

Que, planteada la cuestión debatida de la manera relatada precedentemente, estimo necesario recordar primero en relación a la excepción de pago interpuesta, que ya sea este total o parcial como en éste caso, doctrina y jurisprudencia son pacíficas y uniformes en afirmar que constituye requisito de admisibilidad, que el pago se encuentre documentado en instrumento emanado del acreedor, o de su legítimo representante y en el que conste una clara e inequívoca imputación al crédito que se ejecuta. No son admisibles si no surgen de ellos la relación del pago con la deuda reclamada (CNCiv. Sala C- 7/5/87, ED, T. 133, pag. 407).-

Que, hecha esta aclaración previa ahora cabe señalar que habiéndose reclamado no solo las cuotas locativas que se individualizan, sino otros rubros que también se señalan en la planilla que la actora practica en autos, para facilitar mi exposición y la correspondiente comprensión por parte de los destinatarios de la presente resolución, me ocuparé por separado de cada reclamo, dando los fundamentos de mi decisión al respecto, siguiendo para ello el...

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