Sentencia nº 107351 de Suprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2, 1ª Circunscripción, 8 de Agosto de 2014

PonenteSALVIN, BÖHM, NANCLARES
Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2 - Primera Circunscripción

Expte: 107.351

Fojas: 84

En Mendoza, a ocho días del mes de agosto del año dos mil catorce, reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario, tomó en consideración para dictar sentencia definitiva la causa N°107.351, caratulada: “Mun-cipalidad de Las Heras en J° Callari, R.D. c/La Segunda ART S.A. p/accidente s/INC.”

De conformidad con lo establecido en los arts. 140 y 141 del C.P.C. y Acordada N° 5845, quedó establecido el siguiente orden de votación de la causa por parte de los Señores Ministros del Tribunal: primero Dr. H.S., segundo Dr. C.B. y tercero Dr. J.N..

A N T E C E D E N T E S

A fs. 27/35 la Municipalidad de Las Heras, por medio de representante, interpo-ne recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia dictada a fs. 401/416 de los autos N° 39.356, caratulados: “Callari, R.D. c/La Segunda ART SA y ots. p/accidente”, originarios de la Excma. Cámara Primera de la Primera Circuns-cripción Judicial.

A fs. 54 se admite formalmente el recurso interpuesto y se ordena correr traslado de la demanda a la contraria, quien a fs. 59/66 y vta. contesta solicitando su rechazo con costas.

A fs. 78 y vta. corre agregado el dictamen del Sr. Procurador General, quien por las razones que expone aconseja el acogimiento del recurso de inconstitucionalidad.

A fs. 82 se llama al Acuerdo para sentencia y a fs. 83 se deja constancia del or-den de estudio en la causa por parte de los Señores Ministros del Tribunal.

De conformidad con lo establecido por el art. 160 de la Constitución de la Pro-vincia, esta S. se plantea las siguientes cuestiones a resolver:

P R I M E R A: ¿Es procedente el recurso interpuesto?

S E G U N D A: En su caso, qué solución corresponde?

T E R C E R A: Pronunciamiento sobre costas.

SOBRE LA PRIMERA CUESTION EL DR. SALVINI, dijo:

  1. -A fs. 27/35 la demandada, por intermedio de apoderado, Dr. P.L.D.V., deduce recurso extraordinario de inconstitucionalidad en contra de la sentencia definitiva glosada a fs.401/416 de los autos N° 39.356 caratulados: " CA-LLARI RUBEN DARIO C/LA SEGUNDA ART S.A. P/ACCID.”, originarios de la Cámara Primera del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial.

Funda su queja en el art. 150 incs. 1 y 2 del CPC, argumentando lesión a sus derechos constitucionales de defensa, de debido proceso, propiedad, como así también invocando la doctrina de la arbitrariedad, la violación al principio de razonabilidad, y al sistema de la sana critica racional por incurrir el fallo en valoración...

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