Disposición Nº 1269/GCABA/DGET /14
Firmantes | Nardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Evaluación Técnica - Apra |
Fecha de la disposición | 9 de Octubre de 2014 |
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-
DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014.9.166.367-MGEyA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Garage Comercial (604070); Jardín de infantes (700016); Escuela primaria
(700040); Escuela de educación media (700050)", a desarrollarse en la Avenida
Presidente Figueroa Alcorta N° 3.334/50/78/80 y calle San Martin de Tours N°
2.949/55/57/59/61, 3°, 2°, 1° Subsuelo, Planta Baja, 1°, 2° y 3° Piso, de esta Ciudad,
con una superficie de 13.825,18 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 18,
Sección: 21, Manzana: 101, Parcela: 001a, Distrito de Zonificación: APH 3 - Zona 2;
Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de Zonificación
APH 3 - Zona 2 (Área Protección Histórica);
Que por Disposición N° DI-2014-544-DGIUR, el Director General de Interpretación
Urbanística con fecha 4 de abril de 2.014, se visaron, desde el punto de vista del
patrimonio urbano, los Planos de "Demolición parcial, modificación y ampliación", con
destino "Escuela Infantil, Jardín de Infantes, Escuela Primaria, Escuela de Educación
Media y Garaje";
Que en el Informe N° IF-2014-14.523.549-DGET, de fecha 6 de octubre de 2.014, la
Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera
a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de
conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;
Que por Informe N° IF-2014-14.204.241-DGET, de fecha 1 de octubre de 2.014, el
Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que
la actividad "Escuelas o instituciones educativas" se encuentra catalogada en el Anexo
IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la
inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC),
estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal,
ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-
137- APRA y N° RESOL-2014-228-APRA,
EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE
(700016); Escuela primaria (700040); Escuela de educación media (700050)", a
desarrollarse en la Avenida Presidente Figueroa Alcorta N° 3.334/50/78/80 y calle San
Martin de Tours N° 2.949/55/57/59/61, 3°, 2°, 1° Subsuelo, Planta Baja, 1°, 2° y 3°
Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 13.825,18 m2, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 18, Sección: 21, Manzana: 101, Parcela: 001a, Distrito de
Zonificación: APH 3 - Zona 2, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.
Agustín Asociación Civil, titular de la actividad indicada en el artículo 1°.
actividad...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba