Disposición Nº 53/GCABA/DGFYC/14
VISTO
el Expediente N° 10.621/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-
GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2136), la
Resolución 02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005
(B.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. N° 2209), la
Resolución N° 56-SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución N° 12-SSCC-2006
(B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N°
2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Gustavo Daniel Ríos, en carácter de apoderado de la firma BAILES S.A.
solicitó la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005, para el local ubicado
en la Av. Federico Lacroze 3453/55/59 PB, Entre Piso y 1° Piso de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía
"TEATRO VORTERIX" conforme constancia obrante a fs. 1791;
Que, el local posee habilitación por expediente N° 78.716/2005, concedida para el
rubro local de baile clase "C" actividad complementaria, café-bar, confitería, y se
encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 049/05 por
Disposición N° 052-DGHP-DGFYC-DGFOC/05, de fecha 01 de Abril de 2005;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 056/2006, N° 046/2007, N° 39/2008, N°
044/09, N° 50/10, N° 39/11, N° 100/12 y N° 61/13 obrantes a fs. 355, 577, 793, 1021,
1238, 1407, 1595 y 1735 respectivamente se renovó la inscripción en el Registro
Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año
en cada una de ellas;
Que, el establecimiento posee habilitación por Certificado de Transferencia de
Habilitación (fs. 1709) mediante Disposición N° 1051-DGHP-2013 de fecha 01/02/2013
para los rubros café bar, confitería, "Local Bailable Clase "C" actividad
complementaria, otorgada en idénticos términos de la habilitación dispuesta
originalmente por expediente N° 78716/2005,
Que, mediante Disposición N° 01-DGHP-DGFYC-DGFOC/2006 de fecha 04 de Enero
de 2006 obrante a fs. 265, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de un mil
quinientas ochenta y cuatro (1584) personas.
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.
Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la
documentación...
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