Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 21 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S T 249 p 481/486.

Santa Fe, 21 de mayo del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensatécnica de D.A.D. contra la resolución n° 170, del 14 de diciembre de 2011, dictada por la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Penal de esta ciudad, en autos caratulados "D., D. A.-Recurso de inconstitucionalidad (Expte. 55/12) en Autos: "1. L., R.E.; 2. P., C.A.; 3. D., D. A. s/ Administración infiel o fraudulenta -(Expte. 298/11)" (E.. C.S.J. N° 156, año 2012); y,

CONSIDERANDO: 1. La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Penal de esta ciudad mediante resolución n° 170 del 14 de diciembre de 2011 confirmó el decisorio inferior -que, a su turno, condenó a D.A.D. como partícipe principal penalmente responsable del delito de administración infiel ofraudulenta a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento condicional, y dispuso someterlodurante el término de dos años a la vigilancia de la Dirección Provincial de Asistencia y ControlPost Penitenciaria (ex Patronato de Liberados), imponiendo la obligación de fijar domicilio yabstenerse de consumir bebidas alcohólicas (arts. 173 inc. 7 del Código Penal)- (fs. 45/66).

Contra dicho pronunciamiento, la defensa de D.A.D. interpone recurso de inconstitucionalidad,por considerar que la Sala incurre en arbitrariedad fáctica y normativa, violando así el principio de inocencia y la regla del in dubio pro reo.

En orden a la arbitrariedad normativa, sostiene que se efectuó una interpretación arbitraria delartículo 173 inc. 7 del Código Penal, en tanto la figura de administración fraudulenta requiere unclaro perjuicio a la víctima y la existencia de "dolo específico" en el autor. En tal sentido, afirmaque el tribunal nunca pudo explicar el supuesto perjuicio, pues de ningún elemento probatoriosurge que dicho cereal salió de la planta, y que la sentencia tampoco refiere a la intención de causar ese daño o de obtener un lucro indebido para sí o para terceros, desconociendo que ello fue materia de agravio.

Respecto a la "arbitrariedad fáctica" señala que el tribunal sustenta el fallo en prueba indiciaria y prescinde de pruebas incorporadas válidamente al proceso que de haber sido tenidas en cuentacambiarían el resultado de la sentencia.

Seguidamente, considera que la sentencia crea dogmática y retóricamente la existencia de unperjuicio o daño en el accionar de los condenados para forzar la tipificación del delito deadministración infiel.

En orden a ello, entiende que el tribunal ignoró que el cereal de A. fue legalmente introducido enplanillas, como propio de la Estancia y que la deuda de D. fue totalmente abonada mediante descuentos mensuales del sueldo del mismo, a quien se lo dejó como empleado hasta lacancelación total de la deuda.

En tal sentido, manifiesta que no se tuvo en cuenta una prueba pericial traída al proceso en forma regular y legal, de donde surge la entrega del cereal de A. y el conocimiento fehaciente por parte de los dueños de Estancia La Pelada de que siempre se utilizó el pesaje de la balanza...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR