Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 2014, F. 511. XLIX

Fecha15 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F.

511.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

Fundación Doctor J.R. para el Progreso y Desarrollo del Diagnóstico por Imágenes cl Imágenes Diagnósticas y Tratamiento Médico S.A. si daños y perjuicios.

Buenos Aires, vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Fundación Doctor Jaime Roca para el Progreso y Desarrollo del Diagnóstico por Imágenes cl Imágenes Diagnósticas y Tratamiento Médico S.A. si dafios y perjuicios", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

L HIGHTON de NOLASCO /

Recurso de hecho interpuesto por Imágenes Diagnósticas y Tratamiento Médico S.A., representada por el Dr. M.L.B., con el patrocinio del Dr. H.D.B.. Tribunal de origen:

Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 50 y 22.

D.O.

00000001

00000002

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