Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2014, L. 384. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha08 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L.

384.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

L. de P., M. el Poder Judicial de la Provincia del Chaco si demanda contencioso administrativa.

Buenos Aires, 8 ale. ¿,")'(I oLe. 2014. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Provincia del Chaco en la causa L. de P., M. c/ Poder Judicial de la Provincia del Chaco s/ demanda contencioso admi- , nistrativaU, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no satisface los recaudos previstos en los arts.

4° y 7°, incs. a y c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Así, como tampoco satisface el recaudo previsto en la acordada 38/2011.

Por ello, se desestima la quej a.

Declárase perdido el de-" pósito de fs.

55.

N. y, oportunamente, archívese.

RICARDO LUIS LORENZETfI / JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por la Provincia del Chaco, representada por la Dra. M.B.R. de T., con el patrocinio letrado de la Dra. J.E.D.A., F. de Estado Subrogante. Tribunal de origen:

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

S. Primera de la Cámara en 10 Contencioso Administrativo de Instancia Única de la Provincia del Chaco.

D.O.

00000001

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