Estatuto

EmisorBc Electromontajes S.A.
Fecha de la disposición15 de Abril de 2014

Por disposición del Señor Juez de la Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, ordénese la publicación por el término de un Día del siguiente aviso referido a la constitución de “BC ELECTROMONTAJES S.A.”

1) Datos de los fundadores: Reynoso Gustavo Mario, argentino, electricista, nacido el 10 de Agosto de 1983, D.N.I. 30.390.658, C.U.I.T. 20-30390658-5, con domicilio en calle 3 de Febrero 1560 Piso 4 Dto. “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, soltero; y Di Franco Maricel Silvina, argentina, empleada administrativa, nacida el 2 de Octubre de 1973, D.N.I. 23.623.085, C.U.I.T. 27-23623085-1, con domicilio en calle 3 de Febrero 1560 Piso 4 Dto. “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, soltera.

2) Fecha del instrumento constitutivo: 17 de Enero de 2014.

3) Denominación social: BC ELECTROMONTAJES S.A.

4) Domicilio; La Sede Social se establece en calle 3 de Febrero 1560 piso 4 depto. B de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, a la instalación, ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas, electromecánicas y electrónicas; incluyendo dentro de la prestación de dicho servicio la provisión de materiales eléctricos y electrónicos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. La sociedad contratará profesionales en la materia respectiva y devengará honorarios por separado.

6) Plazo de duración: 10 (diez) años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: El capital social es de $ 250.000 (doscientos cincuenta mil), representado por 250 (doscientas cincuenta) acciones de $ 1.000 (pesos un mil), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado, por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19.550 Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias. El capital se suscribe e integra de la siguiente manera: el señor Reynoso Gustavo Mario suscribe 225 (doscientas veinticinco) acciones ordinarias de...

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