Decreto 489/2014

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2014



MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto489/2014Prorrógase designación de la Directora de Servicios y Mantenimiento.

Bs. As., 8/4/2014

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 468 del 19 de abril de 2006, 245 del 19 de marzo de 2007, 1.312 del 2 de octubre de 2007, 1.087 del 7 de julio de 2008, 630 del 26 de mayo de 2009, 2.290 del 28 de diciembre de 2009, 1.405 del 29 de septiembre de 2010, 581 del 11 de mayo de 2011, 242 del 13 de febrero de 2012, 2.123 del 5 de noviembre de 2012 y 1.107 del 8 de agosto de 2013 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 468 del 19 de abril de 2006 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA el cargo con Funciones Ejecutivas de Director de Servicios y Mantenimiento dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que en el artículo 2° del Decreto Nº 468/06 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de febrero de 2006.

Que por el Decreto Nº 245 del 19 de marzo de 2007 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1.312 del 2 de octubre de 2007, 1.087 del 7 de julio de 2008, 630 del 26 de mayo de 2009, 2.290 del 28 de diciembre de 2009, 1.405 del 29 de septiembre de 2010, 581 del 11 de mayo de 2011, 242 del 13 de febrero de 2012, 2.123 del 5 de noviembre de 2012 y 1.107 del 8 de agosto de 2013, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1° del aludido Decreto Nº 1.107 del 8 de agosto de 2013.

Que en...

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