Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 9 de Abril de 2013

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S T 248 p 482/483.

Santa Fe, 9 de abril del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora contra el acuerdo N° 165, del 27 de septiembre de 2011, dictado por la Cámara deApelación en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rafaela en autos "PERALTA, MartaElena contra SCIANCA, L.V. y Otros -Ordinario (Expte. 283/07)" (E.. C.S.J. N° 176, año 2012); y,

CONSIDERANDO: 1. La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de R., en lo que aquíinteresa, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada y en consecuencia,revocó la sentencia recurrida, rechazando la demanda oportunamente deducida por M.E. tendente a obtener la indemnización por los daños y perjuicios derivados de la muerte desu concubino (fs. 14/20).

Contra tal pronunciamiento interpone la actora recurso de inconstitucionalidad, tildándolo dearbitrario (fs. 23/33v.).

Alega que la sentencia contradice circunstancias relevantes de la causa y pruebasdecisivas para la suerte del proceso, mencionando las testimoniales de Moussampes y T. aquellas que, de haber sido merituadas por el Tribunal, hubiesen variado la solución adoptada.

Expresa que la resolución cuestionada se sustenta en afirmaciones dogmáticas. En estesentido, sostiene que el aserto efectuado por la Cámara acerca de que la confesión de la actora -admitiendo que siempre había solventado sus gastos con sus propios recursos exclusivamente ysu admisión de que hacía tortas para vender porque no le alcanzaba- sellaba la suerte del pleito, constituye una notoria violación del derecho a la jurisdicción que descalifica la sentencia como acto válido. Agrega que esta circunstancia fue la única ponderada por los Sentenciantes pararechazar la acción.

Pone de resalto que "sus" gastos y "necesidades comunes" no son lo mismo y que laCámara los consideró conceptos sinónimos. Señala que cuando la absolvente contestó que cubríasus gastos con sus propios recursos, se estaba refiriendo a los suyos y no a los comunes de ella y B.. Entiende que la Cámara valoró irrazonablemente la confesión de la demandante.

Dice que los Jueces se atribuyeron el rol de legisladores y generaron una excepción alderecho de la concubina a ser indemnizada en caso de muerte de su compañero por parte delautor del hecho ilícito que la provocó, la que estaría dada por la circunstancia de tener lapretendiente sus propios ingresos, violentando de este modo, el artículo 1079 del Código...

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