Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Noviembre de 2009, A. 2428. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 37. XLIV y otros.

L., R.A. c/ P.E.N. ley 25.561 dtos. 1570/01 - 214/02 (HSBC Galicia) s/ amparo.

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2009 Vistos los autos: "'L., R.;Armando c/ P.E.N. ley 25.561 - dtos. 1570/01 - 214/02 (HSBC Galicia) s/ amparo'; C.107.XLIII 'C., J.;Carlos c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 (RIO) s/ amparo ley 25.561'; A.2428.XLI 'A., M.;Ángela c/ P.E.N. - ley 25.561 - dtos. 1570/01 - 214/02 (BBVA) s/ amparo ley 25.561'".

Considerando:

Que resulta aplicable a la cuestión debatida en los presentes autos la doctrina establecida por el Tribunal, el 13 de julio de 2004, en la causa "Cabrera" (Fallos: 327:2905), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Los jueces L. y F. se remiten a sus respectivos votos en la causa "R., R." (Fallos:

331:901).

Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y, por mayoría, se revocan las sentencias apeladas.

Costas por su orden en razón de tratarse de un cuestión jurídica novedosa. N. y devuélvase. R.;LUIS LOREN- ZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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