Sentencia nº 29110 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 11 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2014
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

San Salvador de Jujuy, 11 de agosto del dos mil catorce.-

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº C-29110/14 caratulado “HOMOLOGACION DE CONVENIO: F.D., YURQUINA ADELA LIDIA y LOPEZ DE F.M.T.” de donde

RESULTA:

Que las partes arriban a un acuerdo transaccional cuya homologación solicitan, y;

CONSIDERANDO:

Que, el mismo fue ratificado por la Sra. Y.A.L. conforme surge de fs. 7 y que del análisis comparativo de los términos en que fuera concebido el acuerdo con las constancias de autos surge que “representan una justa composición de los derechos e intereses de las partes” (Art. 15 de la L.C.T.); la homologación deviene ajustada a derecho.-

Atento el monto del acuerdo y lo normado por los Arts. 2,3,4,5,6,7,10 y conc. de la Ley 1687/46 corresponde regular los honorarios profesionales del Dr. C.M.M.A. en la suma de pesos tres mil ($3.000), a los que deberá añadírsele IVA en el caso de corresponder.-

Por todo lo anterior, la SALA II DEL...

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