Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Octubre de 2008, L. 26. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 26. XLIV.

RECURSO DE HECHO

L., G.E. c/I., L.N. y otro s/ acción de simulación.

Buenos Aires, 28 de octubre de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa L., G.E. c/I., L.N. y otro s/ acción de simulación@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la presentación directa y se da por perdido el depósito. N. y archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por G.E.L., representado y patro- cinado por el Dr. M.A.L..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: S.I. de la Cámara de Apelaciónes en lo Civil y Comercial y Juzgado Civil y Comercial n° 1 ambos del Departamento Judicial de San Isidro.

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