Resolución Nº 507/GCABA/MDEGC/14
Firmantes | Anexo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Económico |
Fecha de la disposición | 8 de Julio de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 2.095 y sus modificatorias, el Decreto N° 95/14, el Expediente N° 24.058/08,
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la locación administrativa a celebrarse
con el señor Gerardo José Ramón Abad Abad Conde, en su carácter de Presidente
del Directorio de Zefir S.A., respecto de la Unidad Funcional N° 5 y la Unidad
Complementaria N° XI ubicadas en el Cuarto Piso, la 6/70 parte indivisa de la Unidad
Complementaria N° I ubicada en el Segundo Subsuelo, Primer Subsuelo y Plata Baja,
y las oficinas Nros. 6, 7, 8, 9 y 11 de la Unidad Funcional N° 14 ubicada en el Séptimo
Piso, todo ello del inmueble sito en la Avenida Presidente Roque Saenz Peña N°
812/832/840 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Subsecretaría
de Inversiones;
Que la referida locación resulta de extrema necesidad y urgencia para que la
Subsecretaría de Inversiones desarrolle eficazmente sus Responsabilidades
Primarias;
Que la Dirección General Administración de Bienes ha informado la inexistencia de
inmuebles del dominio de la Ciudad disponibles con las características requeridas;
Que se ha dado cumplimiento al procedimiento establecido por la Ley N° 2.095,
modificada por Ley N° 4.764, de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, encuadrando el presente en las previsiones del artículo 28, inciso 12,
como así también a lo establecido en el Decreto reglamentario N° 95/14, Anexo I,
inciso 12;
Que el inmueble seleccionado resulta el más adecuado a los fines perseguidos, al
cumplir con las características requeridas, tanto por sus dimensiones como por su
ubicación y costo;
Que el Banco Ciudad de Buenos Aires realizó la tasación del valor locativo mensual
del inmueble seleccionado;
Que el valor locativo mensual acordado con el Locador, no supera por más del veinte
por ciento (20%) el valor de la tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires, conforme
lo estipulado por el Anexo I, art. 28, inciso 12, del Decreto N° 95/14 reglamentario de la
Ley N° 2.095 y sus modificatorias;
Que se han acordado con el Locador las cláusulas a incluir en el contrato de locación
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