Sentencia nº 3762 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 7 de Julio de 2014

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. nº C-003762/13, caratulado: “FILIACION POST MORTEM: RODO ALFREDO c/ FLORES BERNARDO MARIO y FLORES PETRONA ANTONIA”, del que

RESULTA:

Que, a fs. 7/13 se presenta el Dr. F.J.G.R., en nombre y representación del Sr. A.R., promoviendo demanda por filiación extramatrimonial post mortem, en contra de los Sres. P.A.F. y B.M.F., en su calidad de sucesores de quien refiere fue su madre, J.S., solicitando se lo declare como hijo de la nombrada. Acto seguido cita derecho, ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la demanda, con costas.-

Que, a fs. 14 se lo tiene por presentado y se ordena correr el traslado de ley a la contraparte.-

Que, a fs. 20 se presenta la Dra. V.V.Q., en nombre y representación del Sr. B.M.F., allanándose incondicionalmente a la demanda y solicitando se haga lugar a la acción promovida por el reclamante, reconociéndosele su calidad de hijo de la nombrada causante.-

Que, a fs. 308/309 se presenta la codemandada, Sra. P.A.F., por sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. P.O.F., procediendo también a allanarse a las pretensiones del reclamante, pero dejando aclarado que el mismo reconoce solo el reconocimiento de la pretensión económica que persigue el actor, pero no la filiación de orden familiar ni afectiva que tal reconocimiento debe conllevar, dando las razones por las que manifiesta tal actitud, acompañando además la prueba según su manifestación, de haber sido la única de los hijos que se hizo cargo de la causante en sus momentos de necesidad y lo que la llevó a donarle el bien que ahora pretenden sus hermanos, solicitando además se le reconozca en el caso de que persigan su porción hereditaria, el pago de la parte proporcional de los gastos que acredita haber efectuado en soledad. Acto seguido cita derecho, ofrece pruebas y solicita ante su allanamiento se le exima del pago de costas.-

Que, a fs. 311 el actor solicita se haga efectivo el apercibimiento con el que los accionados fueron notificados, lo que es rechazado a fs. 315, providencia en que la que también se dispone correr vista de los allanamientos formulados por los accionados al actor, quien contesta a fs. 319 y vta., dando las razones por la que solicita el rechazo del pedido de eximición de costas que formula la codemandada que lo solicita, dando las razones para ello, y solicitando finalmente se resuelva la causa.-

Que, a fs. 320 atento el estado de autos, se declara la cuestión como de puro derecho y se llaman autos para resolver, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida, y

CONSIDERANDO:

Que, planteada la cuestión como se relata precedentemente, habiendo los demandados en definitiva...

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