Sentencia nº 162817 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 22 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2014
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

San Salvador de Jujuy, 22 de mayo del dos mil catorce.-

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº B-162817/06 caratulado “INDEMNIZACION POR DESPIDO: L.C. c/ TV MUSCI HOUSE JUJUY SRL Y OTROS” de don-de

RESULTA:

Que a fojas 182 de autos las partes arriban a un acuerdo transaccional cuya homologación solicitan, y;

CONSIDERANDO:

Que, el mismo fue ratificado por el actor conforme surge de fs. 184 y que del análisis comparativo de los términos en que fuera concebido el acuerdo con las constancias de autos surge que “representan una justa composición de los derechos e intereses de las partes” (Art. 15 de la L.C.T.); la homologación deviene ajustada a derecho.-

Atento el monto del acuerdo y lo normado por los Arts. 2,3,4,5,6,7,10 y conc. de la Ley 1687/46 corresponde regular los honorarios profesionales de los Dres. P.R. y MARIANA DEL VALLE BASUTI en la suma de $2.400.ºº para cada uno de los letrado, a los que deberá añadírsele IVA en el caso de corresponder.-

Por todo lo anterior, la SALA...

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