Resolución Nº 65/GCABA/SSGECP/14

FirmantesRavaglia
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2014

VISTO:

El Expediente N° 2.431.758/14, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, en su artículo 32 establece que el

Consejo Federal de Educación arbitrará las medidas necesarias para que las distintas

jurisdicciones garanticen la revisión de la estructura curricular de la Educación

Secundaria con el objeto de actualizarla, estableciendo criterios organizativos y

pedagógicos comunes y núcleos de aprendizaje prioritarios a nivel nacional;

Que en función de ello, el Ministerio de Educación de la Nación, con el objetivo de

asegurar la validez nacional de los títulos, viene desarrollando un proceso de

adecuación de las distintas propuestas educativas de carreras y de títulos,

reformulando los diseños curriculares para implementar gradualmente nuevos planes

de estudios;

Que para asegurar la inclusión y la calidad educativa de todos los estudiantes de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la transformación de la escuela

secundaria, se torna necesario realizar cambios en las dimensiones de

acompañamiento a las trayectorias educativas de los alumnos, en el diseño y

desarrollo curricular, en la gestión institucional y en el desarrollo profesional de los

docentes;

Que dicha implementación se efectuará en forma gradual y progresiva en los

establecimientos a partir de 2014, a través de la Dirección General de Planeamiento

Educativo;

Que la Resolución N° 84/09 del Consejo Federal de Educación establece como

obligatoria la inclusión de la enseñanza de Historia, Geografía, Biología, Lengua y

Matemática en el ciclo básico;

Que conforme lo establece el artículo 77 de la Ordenanza N° 40.593 el

perfeccionamiento y la capacitación docente tendrán el carácter de servicio

permanente y la planificación, seguimiento y evaluación de todos las acciones

derivadas de las mismas se cumplirán atendiendo a las políticas y prioridades que

establezca el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que atento a lo expuesto, la Dirección General de Planeamiento Educativo resulta

competente para elaborar el pertinente plan de capacitación, dentro del cual se

inscriben los Trayectos de Formación y Actualización Pedagógica y...

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