Sentencia nº 22720 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 11 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N º 1

DE LA PROVINCIA DE JUJUY

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-22.720/87, caratulado: "S.P., Rosa; A., A.",

RESULTA :

Que a fs. 10 se presenta el Dr. J.R.M., apoderado de R.C. y Y. delC.A., promoviendo la apertura del Sucesorio de Rosa PONCE, DNI.9.648.387, fallecida el 27 de junio de 1.985 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr.Manuel Belgrano de esta provincia.

Que a fs.12 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.50/53).

Que a fs. 57 se acumula el Expediente B-242.469, caratulado Sucesorio ab intestato ARGAÑARAZ, A..

Que a fs. 68 se presenta el Dr. H.Q. REYES apoderado de R.C. y Y. delC.A., promoviendo la apertura del Sucesorio de A.A., L.E.3.528.655, fallecido el 8 de julio de 1.989 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que a fs.70 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.91/98).

Que a fs. 78 se presenta la Dra. Florencia BARRERA, apoderada de J.E.A..

Que a fs. 102 se ordena la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs.106.

Que a fs.150 rola el dictamen del Ministerio Público Fiscal. Y,

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción obrante a fs.6, se acredita el fallecimiento de la causante R.P., hecho ocurrido el 27 de junio de 1985 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que con el acta de defunción obrante a fs.63 se acredita el fallecimiento del causante A.A., hecho ocurrido el 8 de julio de 1989 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que, con los instrumentos de fs.8, 9, 45, 108, 123, 130, 115 y 143/144, se prueba el vínculo filial de Y. delC., R.C., J.E., E.R., J.A., E.A., V. y A.A., con los causantes.

Que a fs.106 rolan el acta prevista por el Art. 437 del C.P.C..

Que a...

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