Auto nº 22400 de Sexta Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 30 de Diciembre de 2010

PonenteLORENTE, CITTADINI, FARRUGIA
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2010
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 22.400

Fojas: 20

EXP. Nº 22.400 “ FRIOLATINA S.A. EN c/ SUBSECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL p/ RECURSO DIRECTO”

Mendoza, 30 de Diciembre del 2010.-

AUTOS:

El llamado de autos para sentencia de fs. 19 para resolver la apelación deducida por la recurrente mediante la expresión de agravios de fs. 9/12 vta.,

Y VISTOS:

1- Que la parte accionada en el principal (Expte. Nº 0003667/07/00951 STSS) FRIOLATINA S.A. por medio de su apoderado Dra. P.S.B.-chedi, interpone a fs.9/12 vta. recurso directo de apelación ante esta Alzada (art.50 Ley Nº 4974) contra la Resolución Nº 002624 de fecha 27-04-2010 dictada por el Sr. Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia en las actuaciones admi-nistrativas de referencia.

2- Sostiene la recurrente que se ve precisada a utilizar esta vía directa en virtud de la denegatoria del recurso de apelación ordinario dictada en la Resolución Nº 003053 de fs.7 (art.48 ley 4974), en razón de que la misma es ilegítima y arbitraria porque se funda en la supuesta interposición fuera del plazo legal del recurso de apelación interpuesto contra la resolución atacada que la condenó al pago de una mul-ta injustificada y excesiva, que agravia en forma irreparable a su representada violan-do su derecho a la tutela judicial efectiva e impidiendo la revisión judicial de un acto administrativo arbitrario sin sustento en hechos objetivos y carente de la valoración razonable de la prueba aportada en su defensa, infringiendo sus derechos constitucio-nales.

Refiere que el acto administrativo por el que se le deniega el recurso mediante la Resolución Nº 003053/10, lo rechaza formalmente por no cumplir la tota-lidad de las exigencias legales conducentes a su admisibilidad, consistentes en la presentación extemporánea del remedio recursivo y en la falta del pago previo de la multa cuestionada, como únicos fundamentos, siendo que en la apelación se atacó precisamente de falsedad el argumento de la extemporaneidad, y de arbitrario, en cuanto a la falta de depósito de la multa, requisitos cumplidos debidamente por su representada en tiempo y forma, sosteniendo la ilegalidad de la medida en tanto dicho acto administrativo impugnado en oportunidad de plantear la denegada apelación (Res. Nº 002624/09) fue emitido sin sujeción a los hechos y el derecho aplicable al caso, razonablemente apreciados, (art.39 y 64 inc. c Ley 3909), lo cual determina su nulidad (art.72 Ley 3909).-

Pide en consecuencia, se proceda a la revisión de la Resolución Nº 002624/09 por contener vicios y arbitrariedades que la invalidan, y en cuanto al fondo declare la ilegitimidad de la penalidad administrativa impuesta a su mandante y la deje sin efecto , absolviendo a la recurrente de la infracción imputada.-

Analiza los requisitos formales para la admisión del recurso, cuestio-nando y pidiendo la revocatoria de la Resolución Nº 003053/10 denegatoria del re-curso ordinario deducido. Describe los antecedentes y fundamentos de la expresión de agravios, relatando los hechos y circunstancias que dieron motivo a las actas de inspección impugnadas oportunamente mediante el descargo respectivo; censura el dictamen del asesor Legal Dr. F.O.F. y el correlativo del Asesor Legal D.O.E.V. de fs. 49/53; examina la calificación de la supuesta infracción y la consecuente sanción, que sintetiza en sus conclusiones. Ofrece pruebas, funda su derecho, y solicita se haga lugar al recurso interpuesto.

3- Compiladas las actuaciones originales del Expte. Administrativo Nº 003667-07-00951, que se tienen a la vista, efectuado el sorteo de ley y el llamado de autos para sentencia a fs.19, queda la causa en estado de resolver en definitiva.

CONSIDERANDO:

  1. ) Un órden lógico de prelación, amerita considerar en primer término, el agravio de la recurrente referido a la denegatoria del recurso de apelación articulado contra la Resolución Nº 003053 emitida por la STSS en fecha 04-06-10, cuyo texto se agrega a fs. 7, ante el planteo de inconstitucionalidad del art. 49 de...

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