Sentencia nº 44840 de Tribunal del Trabajo Sala IV de Provincia de Jujuy, de 22 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2013
EmisorTribunal del Trabajo Sala IV

En la ciudad de San Pedro de Jujuy, a los veintidos días del mes de octubre del año dos mil trece, en dependencias de Tribunales se reúnen los Sres. Vocales integrantes de Sala IV del Tribunal del Trabajo, Provincia de JUJUY, D.. E.G., H.S.H. y O.N.Z. de RESÚA quienes, con Presidencia del primero de los nombrados, vieron y analizaron las constancias del Expediente Nº A–44.840/2.010 caratulado: “Cobro de haberes pendientes y otros rubros: “LÓPEZ, D.A. c/ DEMISA Construcciones S.A.”, luego de lo cual,

El Dr. GUESALAGA dijo:

Que, fs.15/26, se presenta el Dr. Elio Cesar BALDIVIEZO con Carta Poder suficiente como apoderado de D.A.L. a iniciar demanda contra DEMISA Construcciones S.A. por cobro de $14.452,56 - como asimismo - que se ordene a la accionada a adjuntar al expediente constancias de pago de Obra Social y de ingreso de Aportes Previsionales.

Que, L. se vinculó en relación de dependencia con la demandada en categoría Ayudante albañil - CCT 76/75 y Ley 22.250 -. Que, en ocasión de realizar sus tareas habituales sufrió un hecho súbito y violento considerado accidente de trabajo por LRT y aceptado por ART CNA S.A. Ocurrió el 15.8.2.008 cuando el trabajador se quemó gran parte del cuerpo con cal. Que, las prestaciones médicas de Ley 24.557 fueron deficientemente prestadas por ART CNA S.A. Que, como la demandada no notificó resolución del vínculo laboral LOPEZ remitió TO el 4.11.2.009 para que abone haberes, como prestación por accidente o como haber por enfermedad inculpable pero la empleadora hizo caso omiso a la intimación dejando sin ingresos al actor desde octubre/2.009. Que, la demandada no ingresó los aportes de Obra Social. El actor tampoco cobró el salario familiar ya que DEMISA Construcciones S.A. no rescindió el contrato de trabajo, por lo que al seguir con alta laboral no pudo percibir la Asignación Universal por hijo. Que, se presentó a Junta Médica donde se le otorgó grado de incapacidad por el accidente de trabajo y la indemnización fue abonada por ART CNA S.A. - que recibió en disconformidad -; pero no cobró haberes de la demandada. Que, reclama haberes de octubre, noviembre y diciembre/2.009 y enero, febrero, marzo, abril y mayo/2.010 ($14.452,56). También, constancia de aportes de Obra Social.

La demanda hace otras consideraciones que estima útiles, ofrece prueba, cita derecho, arrima planilla de liquidación y pide que se haga lugar a la misma en todas sus partes, con costas.

A contestar, con Poder General para Juicios -...

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