Resolución Nº 797/2013

Fecha de publicación04 Septiembre 2013
Fecha de disposición17 Julio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32715



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 797/2013Registro Nº 696/2013

Bs. As., 17/7/2013

VISTO el Expediente Nº 1.075.705/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 669/670 del Expediente Nº 1.075.705/03, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRAFICA Y AFINES, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen, sustancialmente, condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 60/89, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que en relación con lo previsto en la clausula sexta del citado acuerdo respecto del aporte empresario a la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRAFICA Y AFINES, corresponde señalar que la misma no resulta comprendida dentro del alcance de la homologación que se dispone ya que su contenido se enmarca en la órbita del derecho privado y resulta ajeno a las previsiones del derecho colectivo de trabajo.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se circunscribe a la representatividad conjunta de los celebrantes.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo salarial celebrado entre el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRAFICA Y AFINES...

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