Resolución Nº 679/2013

Fecha de disposición24 Junio 2013
Fecha de publicación24 Julio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32686



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 679/2013Registro Nº 572/2013

Bs. As., 24/6/2013

VISTO el Expediente Nº 104.836/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 104.836/12 obra el Acuerdo celebrado entre el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE GENERAL ROCA (PROVINCIA DE RIO NEGRO) y la empresa SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA, ratificado a foja 24 por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen el pago de una suma no remunerativa por única vez y el pago de una suma remunerativa, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, conforme a los términos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de sus personerías gremiales.

Que en relación a lo pactado en el segundo párrafo de la cláusula QUINTA del Acuerdo sub examine, corresponde señalar que la homologación se dispone sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº...

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