Resolución Nº 2150/2013
Fecha de disposición | 07 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 13 Junio 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32660 |
MINISTERIO DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
ResoluciónNº 2150/2013Bs. As., 7/6/2013
VISTO la Ley 23660, el Decreto 1400/2001-PEN, las Resoluciones Nº 4/2009-SSSALUD, Nº 1271/2012-SSSALUD y Nº 1576/2012-SSSALUD y los Expedientes Nº 108836/2006-SSSALUD, Nº 115312/2007-SSSALUD, Nº 192971/2011-SSSALUD y Nº 206016/2012-SSSALUD; y
CONSIDERANDO:
Que los Expedientes citados en el VISTO dan cuenta de la situación institucional, económico financiera y prestacional que atraviesa la OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE Y AFINES (RNOS 1-2680-9).
Que el Dr. Camilo VERRUNO, en carácter de Administrador Provisorio del Agente del Seguro de Salud, conforme Resolución Nº 4/2009-SSSalud, solicita la liquidación de la entidad.
Que sustenta su petición, entre otros motivos, en la situación que atraviesa la entidad gremial de base del Agente del Seguro de Salud, a saber: la UNION DE CONDUCTORES DE AUTOS AL INSTANTE Y REMISES DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Esta asociación sindical se encuentra intervenida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, así pues, al no contar con autoridades gremiales reconocidas, la Obra Social se ve imposibilitada en consecuencia, de normalizar sus propias autoridades (conforme inc a) art. 12º de la Ley 23660).
Que agrega el Administrador Provisorio que la situación económico financiera de la institución se torna inviable, por cuanto lo recaudado por aportes y contribuciones no alcanza para poder cubrir las prestaciones médicas de los beneficiarios y afrontar una serie de demandas por falta de pago de prestaciones, pendientes de administraciones anteriores. En este orden, señala que la falta de medios administrativos y de organización no permite una fluida resolución de los problemas y la creación de una prestación confiable para atender las necesidades de los beneficiarios incluidos dentro del padrón. Precisa que la baja cantidad de beneficiarios que posee la OSCRAIA y la alta demanda de tratamientos de Alta Complejidad, tornan la Obra Social inviable.
Que en el marco del Expediente Nº 206016/12-SSSalud, el Dr. VERRUNO informa que la ASOCIACION MUTUAL TRANSPORTE AUTOMOTOR, en forma unilateral, ha cortado los servicios médico asistenciales por falta de pago; por lo que, ante tal situación, se efectúan gestiones para que la CLINICA MODELO DEL OESTE atienda, en lo sucesivo, a la población beneficiaria asignada por zona a la AMTA.
Que los Expedientes Nº 108839/06-SSSalud y Nº 115312/07-SSSalud, documentan la auditoria integral que se practicara en el año 2007 al Agente del Seguro de Salud y que arrojara como resultado: graves incumplimientos en la disponibilidad de las prestaciones médico-asistenciales a sus beneficiarios; como así, atrasos en las registraciones contables y gran morosidad en la presentación, ante este Organismo, de la información contable prevista en la normativa de aplicación. Además, por ese...
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