Sentencia nº 287030 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 14 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2013
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

San Salvador de Jujuy, .14.. de marzo de 2.013.-

AUTOS Y VISTOS: Expediente Nº B-287.030/12, caratulado: “EJECUTIVO: VANESA

JUDITH FLORES C/ RICARDO RAUL RIOS”,y

RESULTA:

Que a fojas 12 se presenta Convenio de Pago suscripto entre las partes, reconociendo la

deuda que por el presente se ejecuta y por todo concepto.-

Que conforme la Cláusula Primera y Segunda se conviene la forma y lugar de pago de la

misma.-

Que en la cláusula Primera se conviene el monto de $ 3.500.- correspondiente a los

honorarios profesionales de al Dra. R.D.M. –compresiva de todas las etapas

del presente juicio.-

CONSIDERANDO:

Que las partes han arribado a un acuerdotransaccional en los términos del artículo 838

del Código Civil y 121 del Código Procesal Civil, por lo que corresponde tener presente el

mismo conforme Doctrina Legal del Superior Tribunal de Justicia, expresada en los autos

Nº5023/95:"Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº A-54.116/91-Sala II

Cámara en lo Civil y Comercial: M.T. y otros c/ Empresa Regam".-

Asimismo, por Secretaría procédase a protocolizar el convenio celebrado conjuntamente

con la presente.-

Por lo expuesto, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 en el

Expte. Nº B-287030/12

RESUELVE:

I.-Tener presente el acuerdo celebrado entre las partes RAQUEL D. MURILLO DE

GALVAN, en su carácter de apoderada de la Sra. V.J.F. y RIOS

RICARDO RAUL, con el patrocinio letrado de la Dra. A.S. en los

...

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