Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Junio de 2003, I. 38. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 38. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Iturres, L.A. y otra c/ Estado Nacional y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de junio de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco de la Nación Argentina en la causa Iturres, L.A. y otra c/ Estado Nacional y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a que el escrito de interposición de la queja ha sido presentado fuera del plazo correspondiente (arts. 158, 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y constancias de fs. 24 y 30), corresponde rechazar el recurso de queja.

Por ello, se rechaza el recurso de hecho planteado. D. perdido el depósito de fs. 31. N. y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -J.C.M..

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