Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Octubre de 2002, C. 594. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 594. XXXVIII.

S., A.M. s/ art. 293 del C.P.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 16 de octubre de 2002.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse la presente causa al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de La Plata, con el fin de que la remita a la Cámara Nacional de Casación Penal para que mediante sorteo de práctica desinsacule el tribunal oral que deberá entender en la causa. H. saber al Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRAC- CHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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