Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Noviembre de 1999, S. 438. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 438. XXXV.

RECURSO DE HECHO

S., R.C. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de noviembre de 1999.

Autos y Vistos:

Habida cuenta de que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite, corresponde declarar la caducidad de la presente queja.

Por ello, se declara caduca la instancia. D. perdido el depósito de fs.

85.

N. y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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