Sentencia nº 16678 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 7 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2005
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15

AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº A-16678/02, caratulado: "SUMARIO POR ALIMENTOS: C.A.D.F.P.A.C.L.H. BRAVO", del cual:

RESULTA: Que a fs. 9 comparece el Dr. J.D. TORIL en representación de C.A.D.F.P.A. promoviendo en contra de L.H. BRAVO demanda de alimentos en favor de sus hijos menores xx,xx,xx y xx-

Que los mencionadas menores son fruto de su matrimonio en primeras nupcias con el accionado, el cual ha desconocido totalmente su elemental deber de asistencia familiar, con el agregado de que ambos se encuentran divorciados por sentencia judicial.-

Que si bien trabaja, los ingresos son insuficientes para afrontar los gastos de crianza de sus hijos y que por ello promueve la presente demanda a fin de que se imponga al demandado una cuota alimentaria a tal fin.-

Ofrece pruebas y pide se condene al accionado al pago de la cuota definitiva.-

Que corrido el traslado pertinente, a fs. 25 comparece la Dra. L.D.G., en representación del demandado, contestando la acción.-

Niega que su mandante no haya cumplido con los alimentos y que el mismo sea comerciante, que realice trabajo con remunerado alguno, aclarando de que las partes ya llegaron a un acuerdo homologado en otra causa, cuyo numero de expte. cita.-

Luego, en extenso relato dice que se encuentra desocupado y sin actividad y que por medio de su madre Sra. N.V. DE BRAVO, provey¢ en mercader¡as y pago de viandas a las necesidades de los menores.-

Que es cierto que los hijos se encuentren con la actora y niega que a la misma le sea imposible afrontar la manutención de los mismos, los que concurren a colegios privados y, en su caso, a Institutos de F. y prácticas continuas de deportes como el JOCKEY lo que insume indumentaria, elementos de juego y gastos de traslado en torneos fuera de la ciudad.-

Que la misma alquila el inmueble de la sociedad conyugal lo que significa ingresos, residiendo con el grupo familiar en otro inmueble de la ciudad.-

Por último, y a pesar de encontrarse desocupado y sin ingreso fijo alguno, ofrece una cuota alimentaria de SETENTA PESOS mensuales, aludiendo ser ello un gran esfuerzo de su parte.- Y:

Ofrece pruebas, cita derecho, se rechace el pedido de cuota alimentaria efectuado por la actora y se acepte el ofrecimiento de la suya.-

Que corrido el traslado del Art. 301 del C.P.Civil, a fs. 37 comparece el letrado de la actora contestando el mismo y ofreciendo contraprueba pertinente.-

Manifiesta en cuanto al ofrecimiento de cuota de parte del accionado...

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