Sentencia nº 137196 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 12 de Diciembre de 2005

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2005
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS: Los del Expte. NºB-137.196 /05 caratulado: DESALOJO : BARCO, FRANCISCO Y PEREZ DAMIANA C/ GUZMÁN, DOMINGO “ del que;

RESULTA:

Que, a fs.10 se presenta el DR. SEBASTIÁN F. MALLAGRAY en nombre y representación de los SRES. FRANCISCO BARCO y DAMIANA PEREZ iniciando demanda de desalojo en contra de DOMINGO GUZMÁN Y DEMAS INTEGRANTES DE SU FAMILIA del inmueble ubicado en Avda. 25 de Mayo esq. 1º de mayo de la Ciudad de Rio Blanco , Provincia de Jujuy.- Esgrime como hechos, que en el año 1988 sus clientes celebraron un Contrato de Comodato Verbal con el SR. DOMINGO GUZMÁN para habitar gratuitamente el inmueble objeto de la contienda.- Que su cliente tolero la situación basado en cuestiones de humanidad , atento a que no necesitaba el inmueble en cuestión ,manteniéndose a los comodatarios en el carácter de tenedores precarios del inmueble.- Que en fecha 11 de abril del 2.005 mi cliente intimo a los ahora demandados a desocupar el inmueble.-Que el inmueble aún no ha sido desocupado.-Cita derecho.- Ofrece prueba.- Formula petitorio.-

A fs. 13 se ordena el traslado y la constatación del estado de ocupación .-

A fs.19 se presenta la DRA. M.B.R. , Defensora Regional de Palpalá , en nombre y representación del SR. DOMINGO DE G. solicitando franqueo y suspensión de plazos.-

A fs. 24 rola agregada acta de constatación.- A fs. 32 se presenta la parte demandada, contestando el traslado conferido y luego de las negativas particulares y generales , expone como fundamentos que en el año 1988 su mandante con la actora celebraron un contrato verbal de caseros , por el cual se convino un monto que equiparado en la actualidad sería de $200, a pagar por la parte actora y cuya contraprestación por parte de mi mandante, era el cuidado del inmueble.-Que su mandante es una persona minusválida , que no puede valerse por sus propios medios .-Que por el actuar malicioso y totalmente deshumano hacia la persona que se ha brindado durante casi 20 años, sin recibir la contraprestación en forma regular pactada; mi mandante reclama el pago de los $200 por todo el tiempo adeudado.-Ofrece prueba.-Formula petitorio.-

A fs. 37 se confiere traslado a la parte actora, la que se presenta contestando a fs.38, y solicita se declare la cuestión de puro derecho y se llame autos para sentencia, por los motivos que expone.-A fs. 40 se declara la cuestión de puro derecho y se llama autos para alegar.-A fs. 46 vta. se llama autos para resolver, agregándose los alegatos de la...

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