Sentencia nº 127503 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 11 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

LIBRO FOLIO

AUTOS Y VISTOS:

Los de este expediente Nro B-127503/04, caratulado “Ejecutivo: H.G. c/ G.M.O., A.M.Z. y Rocabado Orlando ”, del que

RESULTA:

  1. - Que, se presenta el Dr. M.A.C., en representación de la actora Sra. H.G., a merito del poder General para juicio que rola a fs. 4 y promueve acción ejecutiva en contra de G.M.O., A.M.Z. y R.O. procurando el cobro de la suma de pesos cuatro mil quinientos cincuenta y cinco ($4.555) instrumentado en un pagaré cuya copia rola a fs. 5, con mas los intereses y costas .-

  2. - Que, corrido el pertinente traslado se presenta el Dr. C.Z.H., a mérito del Porder General para juicio que acompaña a fs. 12 en representación, de los demandados, G.M.O., A.M.Z. y R.O. y opone al progreso de la acción la excepción Inhabilidad de titulo a fs. 23/25 , a cuyos fundamentos me remito .-

  3. - Que contestado el traslado, el actor solicita el rechazo de la excepción articulad en base a los fundamentos que expresa a fs. 36/38 ,.-

    Por lo que:

    CONSIDERANDO:

  4. - Que, el documento que ejecuta la actora es un pagaré el que básicamente reúne todos los requisitos intrínsecos y extrínsecos exigidos por la ley de fondo, para que “...la excepción de inhabilidad de titulo sea viable debe versar sobre la falsedad extrínseca del título y fundarse en la falsedad de la firma o en la adulteración del contenido del documento, y efectuar la impugnación en forma cierta, precisa y categórica de la adulteración o falsificación del instrumento que se ejecuta..." (cft. J.,D.D., JUICIO EJECUTIVO, Ed.Universidad, Bs. As. 1992, p g. 599.-).

  5. - La acción cartular es ejercida por el tenedor legitimo a favor de quien se le trasfirió el mismo por los modos establecidos por la ley , por lo que el accionante beneficiario del título, es tenedor legítimo y está legitimado para ejercer la presente acción, en concordancia cito jurisprudencia que impera al respecto : “...La presunción de autenticidad de la cámbial, sólo debe superar el examen de las formas externas del instrumento y únicamente puede ser enervada por prueba de la obligada que determine, sin lugar a duda, la falsedad de la firma impuesta en el título y que se le pretende atribuir Cámara 5a de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba • 06/03/2006 • Jockey Club Córdoba c. Asis, R.E. y otro • LLC 2006 (julio), 704

    ... “El presunto abuso de firma en blanco que declama el demandado en un juicio ejecutivo, no puede fundar la excepción de inhabilidad incoada, ya que importaría cuestionar la autenticidad ideológica del documento excediendo el estudio de las formas extrínsecas del título que se analiza en este tipo de proceso”. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Garantías en lo Penal de Necochea • 17/07/2003 • E., H.F. c.T., M. • DJ 12/05/2004, 142 - LLBA 2004, 209.-

  6. - La excepción articulada y fundada en el...

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